DECRETO, RATIFICANDO LA CONVENCIÓN TELEGRÁFICA ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA I LA DE COSTA – RICA
Aprobado el 23 de enero de 1879
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 7 del 19 de febrero de 1879
El Presidente de la República, á sus habitantes, – Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente
El Senado i la Cámara de Diputados de la República de Nicaragua,– Decretan:
Art. 1°. Ratificase la convención telegráfica ajustada entre los Gobiernos de Costa Rica i Nicaragua en 22 de noviembre del año próximo pasado, por medio de sus respectivos comisionados los señores don Mariano Montealegre i don Jesús Monterrey, en los términos siguientes:
Deseando los Gobiernos de Nicaragua i Costa Rica promover cuanto pueda convenir á los intereses de las Repúblicas Centro americanas, i considerando que la unión de las vías telegráficas estendidas en sus respectivos territorios, en un medio eficaz para lograr tan laudable objeto, han nombrado; el primero al señor don Jesús Monterrey, Administrador del puerto de Corinto, i el segundo al señor don Mariano Montealegre, Cónsul de aquella República de Chinandega, quienes habiendo reconocido mutuamente sus respectivos poderes, han celebrado la siguiente: [Texto de Instrumento]