"Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y sus Anexos"

Pais de Suscripción: Estados Unidos
Lugar de Suscripción: Nueva York
Fecha de Suscripción: 12/09/1984
Materia: Relaciones Internacionales
Tipo de Documento: Convención
Resumen:

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Texto Instrumento
Aprobación
Ratificación
Otro
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Fuente: Internet
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Información tomada de:
URL: http://www.un.org/depts/los/convention_agreements/texts/unclos/convemar_es.pdf
(Texto)





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No. Gaceta: 204
Fecha Publicación: 10/26/1999
(Texto Aprobación)


APROBACIÓN DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR Y SUS ANEXOS

DECRETO A.N. No. 2374, Aprobada el 16 de Octubre de 1999

Publicada en La Gaceta No.204 del 26 de Octubre de 1999

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I


Que la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar se inició en Nueva York, Estados Unidos en Diciembre de 1973 y finalizó el 10 de Diciembre de 1982, habiéndose abierto a la firma la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.

II

Que la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar entró en vigor el 16 de Noviembre de 1994 y que el Acuerdo relativo a la aplicación de la Parte XI de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar del 10 de Diciembre de 1982 con fecha 17 de Agosto de 1994 garantiza la participación Universal de la Convención.

III

Que la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, con el debido respeto de la soberanía de todos los Estados, establece un orden para los mares y océanos que facilite la comunicación internacional y promueva los usos con fines pacíficos de los mares y océanos, la utilización equitativa y eficiente de sus recursos, el estudio, la protección y preservación del medio marino y la conservación de sus recursos vivos.

En uso de sus facultades;


HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO

DE APROBACION DE LA CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS
SOBRE EL DERECHO DEL MAR Y SUS ANEXOS

Artículo 1.- Apruébese la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y sus Anexos del 10 de Diciembre de 1982, suscrito por Nicaragua el 9 de Diciembre de 1984.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los seis días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y nueve. IVAN ESCOBAR FORNOS. Presidente de la Asamblea Nacional. VICTOR MANUEL TALAVERA HUETE. Secretario de la Asamblea Nacional .

Publíquese y Ejecútese. Managua, catorce de octubre de mil novecientos noventa y nueve.- ARNOLDO ALEMAN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.





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Fuente:
No. Gaceta: 30
Fecha Publicación: 02/11/2000
(Texto Ratificación)


(RATIFICACIÓN DE CONVENCIÓN DE NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR Y SUS ANEXOS)

DECRETO No. 14-2000, Aprobado el 7 de Febrero del 2000

Publicado en La Gaceta No. 30 del 11 de Febrero del 2000

El Presidente de la República de Nicaragua

CONSIDERANDO

I


Que Nicaragua suscribió el 9 de Diciembre de 1984, la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y sus Anexos.

II

Que la Asamblea Nacional aprobó la mencionada Convención por Decreto Número 2374, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 204 del 26 de Octubre de mil novecientos noventa y nueve.

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO


Artículo 1.- Ratificar la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y sus Anexos, suscrita por Nicaragua, el 9 de Diciembre de 1984.

Artículo 2.- Expedir el Instrumento de Ratificación para su depósito en el Organismo correspondiente.

Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el siete de Febrero del año dos mil.- ARNOLDO ALEMAN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua





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