"Convención para el establecimiento de la Radiocomunicación entre la República de Nicaragua y México (México, 1946)"

Pais de Suscripción: México
Lugar de Suscripción: Ciudad de México
Fecha de Suscripción: 11/19/1946
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales
Tipo de Documento: Convención
Resumen: Título conforme a Ley N°. 1003, Ley del Digesto jurídico nicaragüense de la materia de Telecomunicaciones y Servicios Postales, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 242 del 18 de diciembre de 2019. Enlace a legislación relacionada.

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Texto Instrumento
Aprobación
Ratificación
Otro
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No. Gaceta: 74
Fecha Publicación: 04/12/1951
(Texto Aprobación)

CONVENCIÓN PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LA RADIOCOMUNICACIÓN ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y MÉXICO

ACUERDO N°. 3, aprobado el 17 de diciembre de 1946

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 74 del 12 de abril de 1951

N°. 3

El Presidente de la República,

Acuerda:


Primero.- Aprobar la Convención entre las Repúblicas de Nicaragua y México, suscrita en la ciudad de México, D. F., el día diecinueve de noviembre recién pasado por el Plenipotenciario de Nicaragua doctor Alejandro Argüello Montiel.

Segundo.- Someter dicha Convención a la aprobación del Honorable Congreso Nacional.

Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, Distrito Nacional, cuatro de Diciembre de mil novecientos cuarenta y seis. (f) A. SOMOZA, L. G. S. A.- El Secretario de Estado en Despacho de Relaciones Exteriores (f) V. M. ROMÁN. L. S. R. R. E. E.
El Presidente de la República
A sus habitantes

Sabeb,

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

Resolución N°. 105

La Cámara de Diputados y la del Senado de la República de Nicaragua,

Resuelven:

Artículo 1.- Aprobar en todas sus partes el Convenio para el establecimiento de la Radiocomunicación entre los Gobiernos de Nicaragua y México, suscrito en la Ciudad de México, D. F., el 19 de Noviembre de 1946, por los Plenipotenciarios de ambos Gobiernos, designados al efecto: Dr. Alejandro Arguello Montiel, entonces Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Nicaragua en México, y los Señores Dr. Francisco Castillo Nájera, Secretario de Relaciones Exteriores, e Ingeniero Pedro Martínez Tornel, Secretario de Comunicaciones y Obras Públicas en representación del actual Gobierno; lo mismo que el Acuerdo Ejecutivo No. 3 del 4 de Diciembre de 1946, que le da su aprobación.

Artículo 2.- Esta resolución se publicará en La Gaceta, (Diario Oficial).

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D. N., 17 de Diciembre de 1946.- C. M. Bendaña.- Andrés Largaespada.- Roberto González Dubón.

Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, D. N., 20 de Diciembre de 1946.- J. Solórzano Díaz.- Onofre Sandoval.- Alejandro Astacio.

Por tanto.- Ejecútese. Casa Presidencial, Managua, D. N., veintidós de Diciembre de mil novecientos cuarenta y seis.- A. SOMOZA.- El Secretario de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, V. M. Román.




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Fuente:
No. Gaceta: 74
Fecha Publicación: 04/12/1951
(Texto Ratificación)

CONVENCIÓN PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LA RADIOCOMUNICACIÓN ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y MÉXICO

DECRETO N°. 10, aprobado el 19 de noviembre de 1946

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 74 del 12 de abril de 1951

N°. 10

El Presidente de la República,

Decreta:


Primero.- Se ratifican y confirman todos los artículos que consta la Convención para el establecimiento de la radiocomunicación entre la República de Nicaragua y México, suscrita el 19 de Noviembre de 1946 en la ciudad de México por el Plenipotenciario de Nicaragua, Doctor Alejandro Argüello Montiel.

Segundo.- Procédase a efectuar el Canje de Ratificaciones correspondiente de la citada Convención.

Comuníquese.- Casa Presidencial. Managua, D. N. veintitrés de Septiembre de mil novecientos cincuenta.- A. SOMOZA.- El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, ÓSCAR SEVILLA SACASA.
Acta de Canje


En la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los seis días del mes de Febrero de mil novecientos cincuenta y uno, reunidos en el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Doctor Oscar Sevilla Sacasa, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, y Su Excelencia el Señor Licenciado Don Alfonso de Rosenzweig Díaz, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de los Estados Unidos Mexicanos, para proceder el canje de los instrumentos de ratificación de la Convención para el establecimiento de la Radiocomunicación entre la República de Nicaragua y México, concluida y firmada en la ciudad de México el diecinueve de Noviembre de mil novecientos cuarenta y seis.

Después de exhibir sus Plenos Poderes, que fueron encontrados en buena y debida forma, confrontaron los respectivos ejemplares del Instrumento de Ratificación, los cuales se hallaron conformes entre sí; por lo que, estando las ratificaciones arregladas a las leyes y usos de las Altas Partes Contratantes, efectuaron el canje de acuerdo con la cláusula décimo tercera de la mencionada Convención.

En fe de lo cual han levantado la presente Acta en dos ejemplares que firman y sellan los dos Plenipotenciarios.- Óscar Sevilla Sacasa.- Alfonso de Rosenzweig Díaz.




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No. Gaceta:209
Fecha Publicación:10/04/50

Acuerdo Presidencial N°. 10, (Ratificación y confirmación de la Convención para el establecimiento de la radio) [Normas Jurídicas en la Web].

Acuerdo Presidencial N°. 3, (Se aprueba la Convención para el establecimiento de la radiocomunicación entre la República de Nicaragua y México) [Normas Jurídicas en la Web].
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