"Convención para el establecimiento de la Radiocomunicación entre la República de Nicaragua y México (México, 1946)"

Pais de Suscripción: México
Lugar de Suscripción: Ciudad de México
Fecha de Suscripción: 11/19/1946
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales
Tipo de Documento: Convención
Resumen: Título conforme a Ley N°. 1003, Ley del Digesto jurídico nicaragüense de la materia de Telecomunicaciones y Servicios Postales, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 242 del 18 de diciembre de 2019. Enlace a legislación relacionada.

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Texto Instrumento
Aprobación
Ratificación
Otro
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No. Gaceta: 74
Fecha Publicación: 04/12/1951
(Texto Aprobación)

CONVENCIÓN PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LA RADIOCOMUNICACIÓN ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y MÉXICO

ACUERDO N°. 3, aprobado el 17 de diciembre de 1946

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 74 del 12 de abril de 1951

N°. 3

El Presidente de la República,

Acuerda:


Primero.- Aprobar la Convención entre las Repúblicas de Nicaragua y México, suscrita en la ciudad de México, D. F., el día diecinueve de noviembre recién pasado por el Plenipotenciario de Nicaragua doctor Alejandro Argüello Montiel.

Segundo.- Someter dicha Convención a la aprobación del Honorable Congreso Nacional.

Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, Distrito Nacional, cuatro de Diciembre de mil novecientos cuarenta y seis. (f) A. SOMOZA, L. G. S. A.- El Secretario de Estado en Despacho de Relaciones Exteriores (f) V. M. ROMÁN. L. S. R. R. E. E.
El Presidente de la República
A sus habitantes

Sabeb,

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

Resolución N°. 105

La Cámara de Diputados y la del Senado de la República de Nicaragua,

Resuelven:

Artículo 1.- Aprobar en todas sus partes el Convenio para el establecimiento de la Radiocomunicación entre los Gobiernos de Nicaragua y México, suscrito en la Ciudad de México, D. F., el 19 de Noviembre de 1946, por los Plenipotenciarios de ambos Gobiernos, designados al efecto: Dr. Alejandro Arguello Montiel, entonces Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Nicaragua en México, y los Señores Dr. Francisco Castillo Nájera, Secretario de Relaciones Exteriores, e Ingeniero Pedro Martínez Tornel, Secretario de Comunicaciones y Obras Públicas en representación del actual Gobierno; lo mismo que el Acuerdo Ejecutivo No. 3 del 4 de Diciembre de 1946, que le da su aprobación.

Artículo 2.- Esta resolución se publicará en La Gaceta, (Diario Oficial).

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D. N., 17 de Diciembre de 1946.- C. M. Bendaña.- Andrés Largaespada.- Roberto González Dubón.

Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, D. N., 20 de Diciembre de 1946.- J. Solórzano Díaz.- Onofre Sandoval.- Alejandro Astacio.

Por tanto.- Ejecútese. Casa Presidencial, Managua, D. N., veintidós de Diciembre de mil novecientos cuarenta y seis.- A. SOMOZA.- El Secretario de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, V. M. Román.




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No. Gaceta:209
Fecha Publicación:10/04/50

Acuerdo Presidencial N°. 10, (Ratificación y confirmación de la Convención para el establecimiento de la radio) [Normas Jurídicas en la Web].

Acuerdo Presidencial N°. 3, (Se aprueba la Convención para el establecimiento de la radiocomunicación entre la República de Nicaragua y México) [Normas Jurídicas en la Web].
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Asamblea Nacional de Nicaragua