DECRETO DE APROBACIÓN A LA ADHESIÓN AL “CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE RESPONSABILIDAD CIVIL NACIDA DE DAÑOS DEBIDOS
A CONTAMINACIÓN POR HIDROCARBUROS DE 1992 (CONVENIO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE 1992) CLC-92”
DECRETO A. N. N°. 7144, aprobado el 13 de marzo de 2013
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 54 del 21 de marzo de 2013
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que el Gobierno de la República de Nicaragua, mediante Decreto Ejecutivo número 47- 2012, se adhirió al “Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil Nacida de Daños Debidos a Contaminación por Hidrocarburos de 1992 (Convenio de Responsabilidad Civil de 1992) CLC-92”.
POR TANTO
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A. N. N°. 7144
DECRETO DE APROBACIÓN A LA ADHESIÓN AL “CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE RESPONSABILIDAD CIVIL NACIDA DE DAÑOS DEBIDOS A CONTAMINACIÓN POR HIDROCARBUROS DE 1992 (CONVENIO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE 1992) CLC-92”
Artículo 1 Apruébense la Adhesión al “Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil Nacida de Daños Debidos a Contaminación por Hidrocarburos de 1992 (Convenio de Responsabilidad Civil de 1992) CLC-92”, en su forma enmendada por su Protocolo, hecho en Londres el día veintisiete de noviembre de mil novecientos noventa y dos.
Artículo 2 Expídase el correspondiente instrumento de adhesión para su depósito ante el Secretario General de la Organización Marítima Internacional, con sede en Londres, Reino Unido.
Artículo 3 Esta aprobación le conferirá efectos legales, dentro y fuera de Nicaragua una vez que haya entrado en vigencia internacionalmente, conforme se establece en el Instrumento Internacional. El Presidente de la República, procederá a publicar el “Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil Nacida de Daños Debidos a Contaminación por Hidrocarburos de 1992 (Convenio de Responsabilidad Civil de 1992) CLC-92”.
Artículo 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, Publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los trece días del mes de marzo del año dos mil trece. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Lic. Alba Palacios Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional.