CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE CONCESIÓN DE LOS DERECHOS CIVILES A LA MUJER
RESOLUCIÓN N°. 68, aprobado el 16 de mayo de 1956
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 158 del 14 de julio de 1956
Por Cuanto:
El día veintidós de Mayo de mil novecientos cincuenta y seis se emitió la siguiente Ley:
El Presidente de la República
A sus habitantes,
Saber:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
RESOLUCIÓN N°. 68
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,
Resuelven:
Artículo 1º.- Aprobar en todas sus partes la adhesión a la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer, abierta a la firma de todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas, el 31 de Marzo de 1953; así como la Convención Interamericana sobre Concesión de los Derechos Políticos a la Mujer y la Convención Interamericana sobre Concesión de los Derechos Civiles a la Mujer, suscritas ambas en la IX Conferencia Internacional Americana, celebrada en Bogotá, del 30 de Marzo al 2 de Mayo de 1948.
Artículo 2º.- Esta Resolución deberá publicarse en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D.N., 9 de Mayo de 1956. Ulises Irías, D.P. Salvador Castillo S.S. Manuel Zurita, D.S.
Al Poder Ejecutivo, Cámara del Senado, Managua, D.N., 16 de Mayo de 1956. Lorenzo Guerrero S.P. Pablo Rener S.s. Alberto Argüello V. S.S.
Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial,. Managua, Distrito Nacional, veintidós de Mayo de mil novecientos cincuenta y seis. A. SOMOZA. (L.G.SD.N.) El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Óscar Sevilla Sacasa. (L.S.)