(RATIFICAR LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA FABRICACIÓN Y EL TRÁFICO ILÍCITO DE ARMAS DE FUEGO, MUNICIONES, EXPLOSIVOS Y OTROS MATERIALES RELACIONADOS)
DECRETO EJECUTIVO N°. 102-99, aprobada el 24 de agosto de 1999
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°.168 del 02 de septiembre de 1999
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que Nicaragua suscribió en Washington D.C.. Estados Unidos de América, el 14 de Noviembre de 1997 la Aprobación de la Convención Interamericana Contra la Fabricación y el Tráfico ilícito de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados.
II
Que la Asamblea Nacional aprobó la mencionada Convención por Decreto 2302 publicado en La Gaceta Diario Oficial N°.135 del 15 de Julio de 1999.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
Artículo 1.- Ratificar la Aprobación de la Convención Interamericana Contra la Fabricación y el Tráfico ilícito de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados, suscrito en Washington D.C., Estados Unidos de América el 14 de Noviembre de 1997.
Artículo 2.- Expedir el instrumento de Ratificación para su depósito en el Organismo correspondiente.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación, en La Gaceta Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veinticuatro de Agosto de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua