CONVENIO POR EL CUAL SE REVISA Y RENUEVA EL CONVENIO INTERNACIONAL DEL TRIGO(1953).
Publicado en Las Gacetas, Diario Oficial N°s. 243, 244, 245, 246, 247, 248 y 249 del 22, 23, 24, 26, 27, 28 y 29 de Octubre de 1953
No. 5
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
DECRETA:
Primero: Se ratifica y confirma en todas sus partes el Convenio por el cual se revisa y renueva el Convenio Internacional del Trigo del 22 de Marzo de 1940, suscrito ad referéndum por los Plenipotenciarios de Nicaragua en la ciudad de Washington D. C., el 21 de Abril pasado.
Segundo: Expídase el correspondiente Instrumento de Ratificación para su depósito ante el Gobierno de los Estados Unidos de América.
Comuníquese: Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, doce de Agosto se mil novecientos cincuenta y tres.– A. SOMOZA.– El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, OSCAR SEVILLA SACASA.
POR TANTO:
Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por Mí, sellado con el Gran Sello Nacional y refrendado por el Señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, para ser depositado ante el Gobierno de los Estados Unidos de América de conformidad con el Artículo XX del Convenio.
Dado en Casa Presidencial.– Managua, Distrito Nacional, a los doce días del mes de Agosto, de mil novecientos cincuenta y tres.- A. SOMOZA (L. G. S. N.).- El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, OSCAR SEVILLA SACASA (L. S.)