"Protocolo de ingreso de la República de Panamá a Órganos subsidiarios de la Organización de Estados Centroamericanos"

Pais de Suscripción: El Salvador
Lugar de Suscripción: San Salvador
Fecha de Suscripción: 06/17/1966
Materia: Relaciones Internacionales
Tipo de Documento: Protocolo
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Texto Instrumento
Aprobación
Ratificación
Otro
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Fuente: Gaceta
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Información tomada de: La Gaceta, Diario Oficial de la República de Nicaragua.
No. Gaceta: 264
Fecha Publicación: 11/18/1966
(Texto)

PROTOCOLO DE INGRESO DE REPÚBLICA DE PANAMÁ A ÓRGANOS SUBSIDIARIOS DE ESTADOS CENTROAMERICANOS

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 264 del 18 de noviembre de 1966

LORENZO GUERRERO,

Presidente de la República de Nicaragua,

Por Cuanto:

El 17 de junio de mil novecientos sesenta y seis fue suscrito en la ciudad de San salvador, República de el Salvador, por los Ministros de Relaciones Exteriores de Centroamérica el PROTOCOLO DE INGRESO DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ A ÓRGANOS SUBSIDIARIOS DE LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS CENTROAMERICANOS, cuyo texto es el siguiente:

“PROTOCOLO DE INGRESO DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ A ÓRGANOS SUBSIDIARIOS DE LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS CENTROAMERICANOS.

Los Gobiernos de las Repúblicas de Guatemala, El salvador, Honduras, Nicaragua, Costa Rica y Panamá.

Considerando:

Que por razones de orden geográfico, histórico y político, la República de Panamá debe formar parte, de la comunidad Centroamérica, y, para tal efecto, es conveniente su incorporación plena a la Organización de Estados Centroamericanos.

Considerando

Que de conformidad con los dispuesto por el Artículo 2 de las Disposiciones Transitorias de la Carta de San Salvador, mientras la República de Panamá no se adhiera a dicha Carta podrá ingresar a cualquiera de los órganos subsidiarios de la Organización de Estados Centroamericanos, establecidos o que se establezcan en el futuro, suscribiendo para ello el Protocolo o los Protocolos que fueren necesarios.

Por Tanto:

Los referidos Gobiernos decidan suscribir el presente Protocolo de Ingreso de la República de Panamá a los Órganos Subsidiarios de la Organización de Estados Centroamericanos y, para tal fin, han convenido en lo siguiente:

Artículo 1°

En virtud de este instrumento, de la República de Panamá ingresa y forma parte de los siguientes órganos subsidiarios de la ODECA: Consejo de Trabajo y Previsión Social de la Organización de Estados Centroamericanos, Consejo Centroamericano de Salud Pública y Consejo Centroamericano de Turismo.

Artículo 2°

En los Consejos señalados en el artículo anterior, la República de Panamá gozará de los mismos derechos y tendrá las mismas obligaciones que los demás Estados Centroamericanos, miembros actuales de dichos órganos.

Artículo 3°

El presente Protocolo será ratificado por los Estados signatarios en el menor tiempo posible, de conformidad con sus respectivos procedimientos constitucionales; y se registrará en la Secretaría General de las Naciones Unidas en cumplimiento del Artículo 102 de su Carta.

Artículo 4°

El original de este Protocolo será depositado en la Secretaría General de la Organización de Estados Centroamericanos, la cual remitirá copia fiel certificada a los Ministerios de Relaciones Exteriores de Los Estados signatarios.

Los instrumentos de ratificación serán depositados en la citada Secretaría General debiendo esta notificar el depósito de cada uno de dichos instrumentos a las Cancillerías de los Estados partes.

Artículo 5°

El presente Protocolo entrará en vigor el día en que queden depositados los instrumentos de ratificación de todos los Estados signatarios.

En fe de lo cual, los Ministros de Relaciones Exteriores de Guatemala, El Salvador Honduras, Nicaragua, Costa Rica y Panamá firman este instrumento en la ciudad de San Salvador, a los diecisiete días del mes de junio de mil novecientos sesenta y seis.

Por GUATEMALA: Lic. Alberto Herrarte, Ministro de Relaciones Exteriores.

Por EL SALVADOR: Dr. Roberto Eugenio Quiroz, Ministro de Relaciones Exteriores

Por HONDURAS: Lic. Tiburcio Carias Castillo, Ministro de Relaciones Exteriores.

POR NICARAGUA: Dr. Alfonso Ortega Urbina Ministro de Relaciones Exteriores.

Por COSTA RICA: Lic. Fernando Lara Bustamante, Ministro de Relaciones Exteriores.

Por PANAMA: Ing. Fernando Eleta, Ministro de Relaciones Exteriores”.




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No. Gaceta: 264
Fecha Publicación: 11/18/1966
(Texto Aprobación)

APROBACIÓN DEL PROTOCOLO DE INGRESO DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ A ÓRGANOS SUBSIDIARIOS DE LA ORGANIZACIÓN, DE ESTADOS CENTROAMERICANOS

Acuerdo N° 8, aprobado el 11 de agosto de 1966

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 264 del 18 de noviembre de 1966

Por Cuanto:

El once de Agosto de mil novecientos sesenta y seis de dictó el siguiente Acuerdo:
N° 8

El Presidente de la República,

Acuerda:

Primero: Aprobar el Protocolo de Ingreso de la República de Panamá a Órganos Subsidiarios de la Organización, de Estados Centroamericanos, suscrito en San Salvador República de El Salvador, el 17 de junio de 1996.

Segundo: Someter dicho Protocolo a la aprobación del Honorable Congreso Nacional.

Comuníquese: Casa Presidencial, Managua Distrito Nacional, once de Agosto de mil novecientos sesenta y seis. LORENZO GUERRERO. - EL Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Alfonso Ortega Urbina”.
Por Cuanto:

El día veintiocho de Septiembre de Mil Novecientos sesenta y seis se dictó la siguiente Ley:
“El Presidente de la República,

A sus habitantes,
Sabed,

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

Resolución N°. 226

La cámara de Diputados y la
Cámara del Senado

De la

República de Nicaragua,

Resuelven:

Único: Aprobar el Protocolo de Ingreso de la República de Panamá a Órganos Subsidiarios de la Organización de Estados Centroamericanos, suscrito en San Salvador, República de el Salvador, el 17 de junio de 1966.

La presente Resolución junto con el Protocolo deberán publicarse en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, Managua, D.N., 21 de Septiembre de 1966.
José María Moncada
Diputado-Presidente

Ramiro Granera Padilla, Agapito Fernández
Diputado- Secretario Diputado- Secretario


Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado, Managua, D.N., 28 de Septiembre de mil novecientos sesenta y seis.
José Frixione,

S.P


Adrián Cuadra G., Rafael Ayon
S.S S.S

Por Tanto, Ejecútese, Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, veintiocho de Septiembre de mil novecientos sesenta y seis.




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Fuente:
No. Gaceta: 264
Fecha Publicación: 11/18/1966
(Texto Ratificación)

RATIFICACIÓN DEL PROTOCOLO DE INGRESO DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ A ÓRGANOS SUBSIDIARIOS DE LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS CENTROAMERICANOS, ODECA

Acuerdo N° 5, aprobado el 28 de septiembre de 1966

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 264 del 18 de noviembre de 1966

LORENZO GUERRERO,
Presidente de la República,

El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores,

Alfonso Ortega Urbina

Por Cuanto:

El veintiocho de septiembre de mil novecientos sesenta y seis se dictó el siguiente Decreto:

N° 5

El Presidente de la República,

Decreta:

Primero: Ratificar el Protocolo de Ingreso de la República de Panamá a Órganos Subsidiarios de la Organización de Estados Centroamericanos, ODECA, suscrito en San Salvador, República de El Salvador, el 17 de junio de 1966.

Segundo: Expídase el correspondiente Instrumento de Ratificación para ser depositado en la Secretaria General de la Organización de Estados Centroamericanos, ODECA.

Comuníquese: Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, veintiocho de Septiembre de mil novecientos sesenta y seis. LORENZO GUERRERO. –El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Alfonso Ortega Urbina”.
Por Tanto:

Expido el presente Instrumento de Ratificación firmado por Mí, sellado con el Gran Sello Nacional y refrenando por el Señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores para ser depositado en la Secretaría General de la Organización de Estados Centroamericanos de conformidad con el Artículo 4°, del mencionado Protocolo.

Dado en Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, el uno de Noviembre de mil novecientos sesenta y seis.
(f) LORENZO GUERRERO,
(L.G.S.N)

El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores,

(f) Alfonso Ortega Urbina.

(L.S)




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No. Gaceta:243
Fecha Publicación:10/25/66

Decreto N°. 5, Ratificase Protocolo de Ingreso de Panamá a Órganos Subsidiarios de ODECA.

Acuerdo N°. 8, Apruébase Protocolo de Ingresos de Panamá a Organización de Estados Centroamericanos.


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