Aprobación de Convenio entre el Gobierno de Nicaragua y la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior Inc.
Acuerdo N°. 7, aprobado el 26 de julio de 1966
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 274 del 30 de noviembre de 1966
N°. 7
El Presidente de la República,
Acuerda:
Primero:—Aprobar el Convenio entre el. Gobierno de Nicaragua y la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior Inc., suscrito en la ciudad de Managua, Distrito Nacional el día diecinueve de Julio de mil novecientos sesenta y seis.
Segundo: —Someter dicho Convenio a la aprobación del Honorable Congreso Nacional.
Comuníquese:—Casa Presidencial, Managua Distrito Nacional, veintiséis de julio de mil novecientos sesenta y seis RENÉ SCHICK—El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Alfonso Ortega Urbina.
El Presidente de la República,
a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
Resolución N°. 230
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua.
Resuelven:
Único:—Aprobar el Convenio celebrado entre el Gobierno de Nicaragua y la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior Inc., suscrito en la ciudad de Managua, Distrito Nacional, el día diecinueve de Julio de mil novecientos sesenta y seis.
Esta resolución junto con el Convenio deberán ser publicados en «La Gaceta», Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D. N., 5 de Octubre de 1966.
José María Moneada,
Diputado Presidente.
Ramiro Granera Padilla,
Diputado Secretario.
Agapito Fernández,
Diputado Secretario
AI Poder Ejecutivo, Cámara del Senado, Managua, D. N., 26 de Octubre de 1966.
Luis Arturo Ponce,
S. P.
Humberto Castrillo M. Enrique Belli,
S. S, S.S.
Por Tanto, Ejecútese. Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, veintiséis de Octubre de mil novecientos sesenta y seis.
LORENZO GUERRERO,
Presidente de la República,El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones, Exteriores,
Alfonso Ortega Urbina.