RATIFICAR CONVENIO SOBRE EL TRÁFICO CONOCIDO BAJO EL NOMBRE DE “TRATA DE BLANCAS”
DECRETO, aprobado el 15 de febrero de 1935
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 218 del 1 de octubre de 1935
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
A sus habitantes,
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
DECRETAN:
Artículo1º.- Ratificar los Convenios de 18 de mayo de 1904, 4 de mayo de 1910, 30 de septiembre de 1921 y 11 de octubre de 1933 sobre el tráfico conocido bajo el nombre de “Trata de Blancas”, celebrados los dos primeros en París y los dos últimos en Ginebra, auspiciados por la Sociedad de las Naciones y aprobados por el Poder Ejecutivo con acuerdo de 30 de noviembre de 1934.
Artículo 2º.- Esta ley empezará a regir desde su publicación en “La Gaceta”.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara del Senado.- Managua, D. N., 15 de febrero de 1935.- José D. Estrada, S. P.- Luciano García, S. S.- J. Román González, S. S.
Al Poder Ejecutivo.- Cámara de Diputados.- Managua, D. N., 26 de febrero de 1935.- S. Rizo G., D. P.- Edmundo López, D. S.- Juan B. Briceño, D. S.
Por Tanto:- EJECÚTESE.- Palacio del Ejecutivo, Managua, 1° de marzo de 1935.- (f) SACASA.- El Ministro de Relaciones Exteriores, (f) LEONARDO ARGÜELLO.