"Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción"

Pais de Suscripción: México
Lugar de Suscripción: Mérida,Yucatan
Fecha de Suscripción: 12/10/2003
Materia: Gobernabilidad
Tipo de Documento: Convención
Resumen: Enlace a Legislación Relacionada

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Texto Instrumento
Aprobación
Ratificación
Otro
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No. Gaceta: 214
Fecha Publicación: 11/04/2005
(Texto Aprobación)

APRÚEBASE DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA CORRUPCIÓN

DECRETO A.N. N°. 4374, aprobado el 13 de octubre de 2005

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 214 del 4 de noviembre de 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que el día 10 de diciembre de 2003 fue suscrita en Mérida, Estado de Yucatán, Estados Unidos Mexicanos, la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.
II

Que la aprobación de dicha Convención reviste particular importancia, en virtud de que persigue promover y fortalecer las medidas para prevenir y combatir más eficaz y eficientemente la corrupción; promover, facilitar y apoyar la cooperación internacional y la asistencia técnica en la prevención y la lucha contra la corrupción, incluida la recuperación de activos; promover la integridad, la obligación de rendir cuentas y la debida gestión de los asuntos y los bienes públicos.
En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

DE APROBACIÓN DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS
CONTRA LA CORRUPCIÓN

Artículo 1.- Apruébase la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, suscrita el 10 de diciembre de 2003 en la Ciudad de Mérida, Estado de Yucatán, Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los trece días del mes de Octubre del año dos mil cinco. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ, Presidente de la Asamblea Nacional. MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS, Secretaria de la Asamblea Nacional.

Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, veintiún de octubre del año dos mil cinco. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.




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Fuente:
No. Gaceta: 245
Fecha Publicación: 12/20/2005
(Texto Ratificación)

RATIFICAR LA “CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA CORRUPCIÓN”

DECRETO N°. 102-2005, aprobado el 16 de diciembre de 2005

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 245 del 20 de diciembre de 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que el día 10 de diciembre del año 2003, en la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán, Estados Unidos Mexicanos fue suscrita la “CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA CORRUPCIÓN”.
II

Que la Asamblea Nacional aprobó la referida Convención mediante Decreto A.N. Número 4374 publicado en La Gaceta, Diario Oficial número 214 del 4 de noviembre del 2005.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

HA DICTADO

El siguiente

DECRETO

DE RATIFICACIÓN DE LA “CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS
CONTRA LA CORRUPCIÓN”

Artículo 1.- Ratificar la “CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA CORRUPCIÓN”, suscrita en la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán, Estados Unidos Mexicanos, el día 10 de diciembre del año 2003.

Artículo 2.- Expedir el correspondiente Instrumento de Ratificación para su depósito ante el Organismo correspondiente.

Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua. Casa Presidencial, el dieciséis de diciembre del año dos mil cinco. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.




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No. Gaceta:47
Fecha Publicación:03/08/2004

Acuerdo Presidencial N°.74-2004, Ratificación de la suscripción de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción en la Ciudad de Mérida Yucatán Estados Unidos Mexicanos el 10 de diciembre del año 2003 (Normas Jurídicas en la Web).
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Asamblea Nacional de Nicaragua