"Tratado lnteramericano de asistencia recíproca"

Pais de Suscripción: Brasil
Lugar de Suscripción: Rio de Janeiro
Fecha de Suscripción: 09/02/1947
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Tipo de Documento: Tratado
Resumen: Título conforme a Ley No. 1009, Ley del Digesto jurídico nicaragüense de la materia Seguridad y Defensa Nacional, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 98 del 1 de junio de 2020. Enlace a legislación relacionada.

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Texto Instrumento
Aprobación
Ratificación
Otro
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Fuente:
No. Gaceta: 280
Fecha Publicación: 12/22/1948
(Texto Ratificación)

TRATADO INTERAMERICANO DE ASISTENCIA RECÍPROCA

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 280 del 22 de diciembre de 1948

POR CUANTO:

El día primero de Noviembres de mil novecientos cuarenta y ocho, se dictó el siguiente Decreto:
NÚMERO 2

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

DECRETA:

Primero: Se ratifican y confirman todos y cada uno de los Artículos de que consta el TRATADO INTERAMERICANO DE ASISTENCIA RECÍPROCA, abierto a la firma de los Estados Americanos en la Conferencia Interamericana para el Mantenimiento de la Paz y la Seguridad del Continente y suscrito bajo reserva en la Ciudad de Río de Janeiro, Estados Unidos del Brasil el día 15 de Octubre de 1948, por el Plenipotenciario de Nicaragua Doctor Alejandro Montiel Argüello.

Segundo: Expídase el correspondiente Instrumento de Ratificación, para su depósito alto en la Organización de los Estados Americanos.

Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, Distrito Nacional, primero de Noviembre de mil novecientos cuarenta y ocho. (Fdo.) V. M. ROMÁN. (L. G. S. N.) El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores por la Ley, (Fdo.) OSCAR SEVILLA SACASA. (L. S.)
POR TANTO:

Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por Mí, sellado con el Gran Sello Nacional y refrendado por el Señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores para que sea depositado en la Organización de los Estados Americanos.

Dado en la Ciudad de Managua, D. N., Casa Presidencial, el primero de Noviembre de mil novecientos cuarenta y ocho. (Fdo.) V. M. ROMÁN. (L. G. S. N.) El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores por la Ley, (Fdo.) OSCAR SEVILLA SACASA. (L. S.)


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Asamblea Nacional de Nicaragua