APROBAR LOS TRATADOS SOBRE CONVENCIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL
RESOLUCIÓN N°. 81, aprobada el 05 de junio de 1945
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 103 del 17 de mayo de 1946
POR CUANTO:
El día doce de Junio de mil novecientos cuarenta y cinco, se emitió la siguiente Ley:
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
A sus habitantes,
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
RESOLUCIÓN N°. 81
La Cámara de Diputados y la del Senado de la República de Nicaragua,
RESUELVEN:
Artículo 1.- Aprobar los tratados sobre Convención Provisional de Aviación Civil Internacional, Convención de Aviación Civil Internacional, Convenio Relativo al Tránsito de los Servicios Aéreos Internacionales y Convenio sobre Transporte Aéreo Internacional celebrados en la Conferencia Internacional de Aviación Civil, efectuada en Chicago, Estados Unidos de América, el siete de Diciembre de 1944, suscritos por el Representante de Nicaragua y aprobados por el Poder Ejecutivo por Acuerdo No. 13 del 26 de Abril próximo pasado.
Artículo 2.- Publicar la presente Resolución en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, Managua, D. N., 5 de Junio de 1945. (Fdo.) A. MONTENEGRO, D. P.- (Fdo.) VICTOR MANUEL TALAVERA, D. S. (Fdo.) C. A. BENDAÑA, D. S. (L. S.)
Al Poder Ejecutivo, Cámara del Senado, Managua, D. N., 12 de Junio de 1945.- (Fdo.) C. A. MORALES, S. P. (Fdo.) A. ALEMÁN S., S. S. (Fdo.) J. SOLÓRZANO DÍAZ, S. S. (L. S.)
Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial, Managua, D. N., 12 de Junio de 1945. (Fdo.) A. SOMOZA. (L. G. S.) El Secretario de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público, Encargado del Despacho de Relaciones Exteriores, (Fdo.) J. RAMÓN SEVILLA. (L. S.)