"Tratado de Libre Comercio entre la República de Nicaragua y la República de China (TAIWÁN) (Taipei, 2006)"

Pais de Suscripción: China
Lugar de Suscripción: Taipei
Fecha de Suscripción: 06/16/2006
Materia: Empresa Industria y Comercio
Tipo de Documento: Tratado
Resumen: Derogado totalmente por el Decreto A.N. N°. 8784, Decreto de derogación de Acuerdos e Instrumentos suscritos entre la República de Nicaragua y Taiwán, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 231 del 15 de diciembre de 2021. Para ampliar información ver Instrumento relacionado.

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Texto Instrumento
Aprobación
Ratificación
Otro
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No. Gaceta: 13
Fecha Publicación: 01/18/2007
(Texto Aprobación)

DE APROBACIÓN DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y LA REPÚBLICA DE CHINA TAIWÁN

DECRETO A.N. N°. 4971, aprobado el 13 de diciembre de 2006

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 13 del 18 de enero de 2007

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En Uso de sus Facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

DE APROBACIÓN DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y LA REPÚBLICA DE CHINA TAIWÁN

Artículo 1.- Apruébese el Tratado de Libre Comercio suscrito en la ciudad de Taipei, República de China Taiwán, por los Ministros de Fomento, Industria y Comercio de Nicaragua y el Ministro de Economía de Taiwán, el día dieciséis de junio del año dos mil seis.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil seis. ING. EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ, Presidente Asamblea Nacional. DRA. MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS, Secretaria de la Asamblea Nacional.

Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, veintiuno de diciembre del año dos mil seis. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.




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Fuente:
No. Gaceta: 176
Fecha Publicación: 09/13/2007
(Texto Ratificación)

DE RATIFICACIÓN DEL “TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y LA REPÚBLICA DE CHINA (TAIWÁN)”

DECRETO N°. 80-2007, aprobado el 15 de agosto de 2007

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 176 del 13 de septiembre de 2007

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

CONSIDERANDO

I

Que el día dieciséis de junio del año dos mil seis, en la ciudad de Taipei, República de China (Taiwán), fue suscrito el “TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y LA REPÚBLICA DE CHINA (TAIWÁN)”.
II

Que la Asamblea Nacional aprobó el referido Tratado mediante Decreto A.N. Número 4971 publicado en La Gaceta, Diario Oficial número 13 del 18 de enero del año 2007.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

DE RATIFICACIÓN DEL “TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y LA REPÚBLICA DE CHINA (TAIWÁN)”

Artículo 1.- Ratificar el “TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y LA REPÚBLICA DE CHINA (TAIWÁN)”, suscrito en la ciudad de Taipei, República de China (Taiwán) el 16 de junio de 2006.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los quince días del mes de agosto del año dos mil siete. DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República de Nicaragua.




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No. Gaceta:231
Fecha Publicación:12/15/2021

Decreto A.N. Nº. 8784, Decreto de derogación de Acuerdos e Instrumentos suscritos entre la República de Nicaragua y Taiwán.
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Asamblea Nacional de Nicaragua