ACTA FUNDAMENTAL DEL INSTITUTO INTERNACIONAL AMERICANO DE PROTECCIÓN A LA INFANCIA
ACUERDO PRESIDENCIAL N°.2, aprobaba el 23 de abril de 1948
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°.93 del 3 de mayo de 1948
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
ACUERDA:
Primero.- Adherirse al Instituto Internacional Americano de Protección a la Infancia, cuya cede es la ciudad de Montevideo y someter esta adhesión al conocimiento del Congreso Nacional para los fines constitucionales.
Segundo:- Comunicar esta adhesión a la Cancillería de la República Oriental de Uruguay y al Instituto Internacional Americano de Protección a la Infancia, de acuerdo con el Artículo 1º de los Estatutos.
Tercero:- Esta adhesión surtirá sus efectos a partir del primero de julio próximo.
Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, D.N., veintitrés de Abril de mil novecientos cuarenta y ocho.- V.M. ROMÁN.- El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores por la Ley, Oscar Sevilla Sacaza.