"Modificaciones al Artículo 18, párrafo 3º, y al Artículo 21, párrafo 4º, del Reglamento postal revisado, de la Convención de 1º, de junio de 1878"

Pais de Suscripción: Suiza
Lugar de Suscripción: Berna
Fecha de Suscripción: 02/01/1887
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales
Tipo de Documento: Convención
Resumen:

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Ratificación
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Fuente: Gaceta
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Información tomada de: La Gaceta, Diario Oficial de la República de Nicaragua.
No. Gaceta: 12
Fecha Publicación: 03/19/1887
(Texto)

MODIFICACIONES AL ARTICULO 18, PÁRRAFO 3º, Y AL ARTICULO 21, PÁRRAFO 4º, DEL REGLAMENTO POSTAL REVISADO, DE LA CONVENCIÓN DE 1º, DE JUNIO DE 1878

Aprobado el 12 de marzo de 1887

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 12 del 19 de marzo de 1887
Enero 6 de 1886

Las muestras que se despachen por el correo, no deben tener ningún valor comercial, ni llevar ninguna escritura, sino el nombre ó firma social del remitente, la dirección del destinatario, una marca de fábrica, ó del fabricante, los números de orden, el precio, y las indicaciones relativas al peso, á la medida y al ¡amaño, también á la cantidad disponible— u otras marcas necesarias para designar la oficina de origen y la naturaleza de la mercancía.

Dirección General de Correo.- y Telégrafos de la República, Managua, febrero 22 de 1887.

El párrafo 1º. del artículo 21 del Reglamento Postal revisado, de la convención del 1º de junio de 1878, ha sido modificado como sigue: '‘Antes de devolver á la estafeta remitente, correspondencia rezagada, se debe indicar clara y concisamente, al revés de cada objeto de correspondencia, y en el idioma francés, la causa de su devolución, en la forma siguiente: inconnu (no se conoce) — rehusé (rehusado) — partí (se fué) — non reclamé (no reclamado) — décedé (fallecido), &a.

Esta indicación puede hacerse por medio de un sello ó boleto. Cada oficina puede agregar la traducción, en su propio idioma de la causa de detención.”

Oficina Internacional de la Unión Postal Universal—Berna, febrero 1º. de 1887.

Dirección General de Correos y Telégrafos—Managua, marzo 12 de 1887.


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