"Convención de Propiedad Literaria y Artística"

Pais de Suscripción: Argentina
Lugar de Suscripción: Buenos Aires
Fecha de Suscripción: 08/11/1910
Materia: Cultura
Tipo de Documento: Convención
Resumen: El título del Instrumento, se ajustó conforme a su publicación oficial en Anexo II "Registro de Instrumentos Internacionales", Ley N°. 1032, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Cultura, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 232 del 16 de diciembre de 2020. Enlace a Legislación Relacionada.

.
Texto Instrumento
Aprobación
Ratificación
Otro
.

Show details for Texto InstrumentoTexto Instrumento


Hide details for AprobaciónAprobación

No. Gaceta: 240
Fecha Publicación: 10/21/1913
(Texto Aprobación)

APROBACIÓN DE LA CONVENCIÓN, DE LA PROPIEDAD LITERARIA Y ARTÍSTICA

DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 23 de abril de 1912

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 240 del 21 de octubre de 1913


El Presidente de la República:


Vista la Convención que antecede suscrita por los señores Delegados a la Cuarta Conferencia Internacional Americana, reunida en la ciudad de Buenos Aires en 1910, y encontrándola conforme a las instrucciones dadas a la Delegación de Nicaragua,
Decreta:

Otorgar su aprobación a la referida Convención y elevarla al conocimiento de la Asamblea Nacional para los fines de ley.

Dado en el Palacio del Ejecutivo - Managua, 12 de diciembre de 1911 - ADOLFO DÍAZ- El Ministro de Relaciones Exteriores- DIEGO M. CHAMORRO.

Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente, a los veintitrés días del mes de abril de mil novecientos doce- Luis Correa, D. P.- Frutos A. Vega, 1er Srio- M. Mairena, D. S.

Por tanto- Ejecútese- Palacio del Ejecutivo - Managua, 24 de abril de 1912 - ADOLFO DÍAZ- El Ministro de Relaciones Exteriores- DIEGO M. CHAMORRO.


______________________________________
Asamblea Nacional de Nicaragua