"Convención sobre prerrogativas e inmunidades del Organismo para la proscripción de las armas nucleares en la América Latina, OPANAL"

Pais de Suscripción: México
Lugar de Suscripción: Ciudad de México
Fecha de Suscripción: 02/28/1975
Materia: Relaciones Internacionales
Tipo de Documento: Convención
Resumen: Enlace a Legislación Relacionada.

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Texto Instrumento
Aprobación
Ratificación
Otro
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No. Gaceta: 146
Fecha Publicación: 07/01/1975
(Texto Aprobación)

CONVENCIÓN SOBRE PRERROGATIVAS E INMUNIDADES DEL OPANAL

Acuerdo N°. 4, aprobado el 13 de marzo 1975

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 146 de 1 de julio de 1975

Anastasio Somoza Debayle,

Presidente de la República de Nicaragua

Por Cuanto:

El día trece de Marzo de mil novecientos setenta y cinco se dictó el siguiente Acuerdo:
N°. 4

El Presidente de la República,

Acuerda:

Primero: Aprobar la "Convención Sobre Prerrogativas e Inmunidades del Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina (OPANAL), concluida en la ciudad de México, D.F., el 23 de Diciembre de 1969, suscrita por el Señor Ministro de Relaciones Exteriores en esta ciudad Capital, el 28 de Febrero próximo pasado.

Segundo: Someter dicha Convención a la aprobación del Honorable Congreso Nacional.

Comuníquese: Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, trece de Marzo de mil novecientos setenta y cinco.- A. SOMOZA.- El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Alejandro Montiel Argüello".

Por Cuanto:

El día veintitrés de Abril de mil novecientos setenta y cinco se dictó la siguiente Ley:

Poder Legislativo, República de Nicaragua

El Presidente de la República,

a sus habitantes,

Sabed,

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

Resolución N°. 10

La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado

de la República de Nicaragua

Resuelven:

Único: Probar la "Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades del Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina (OPANAL) ", concluida en la ciudad de México, D.F., el 23 de Diciembre de 1969, y suscrita por el Señor Ministro de Relaciones exteriores en esta ciudad, el 28 de Febrero próximo pasado.

Esta resolución deberán publicarse en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dada en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, Managua, D.N., nueve de Abril de mil novecientos setenta y cinco.
Cornelio H. Hüeck, Presidente

Ulises Fonseca Talavera, Secretario

Fernando Zelaya Rojas, Secretario


Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado, Managua, D.N. 18 de Abril de 1975.
Pablo Rener, Presidente

Ramiro Granera Padilla, Secretario

Carlos José Solórzano R., Secretario

Por Tanto, Ejecútese. Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, veintitrés de Abril de mil novecientos setenta y cinco.- A. SOMOZA.




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Fuente:
No. Gaceta: 146
Fecha Publicación: 06/01/1975
(Texto Ratificación)

RATIFICACIÓN DE LA CONVENCIÓN SOBRE PRERROGATIVAS E INMUNIDADES DEL OPANAL

Decreto N°. 5, aprobado el 23 de mayo de 1975

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 146 de 1 de julio de 1975

El Presidente de la República,

a sus habitantes,

sabed

Decreta:

Primero: Ratificar la Convención Sobre Prerrogativas e Inmunidades del Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en l América Latina (OPANAL)", suscrita en esta ciudad el 28 de Febrero pasado.

Segundo: Expedir el correspondiente Instrumento de Ratificación, para su depósito en la Secretaría General del Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina, con sede en la ciudad de México.

Comuníquese: Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, veintitrés de Mayo de mil novecientos setenta y cinco.- A. SOMOZA.- El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores por la Ley, Harry Bodán Shields".
Por Tanto:

Expide el presente Instrumento de Ratificación firmado por Mi, sellado con el Gran Sello Nacional y refrendado por el Señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores para su depósito en la Secretaría General del Organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina, con sede en la ciudad de México.

Dado en la Ciudad de Managua, a los veintiséis días del mes de Mayo de mil novecientos setenta y cinco.- (f) A. SOMOZA (L. G. S. N.)

El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores (f) Alejandro Montiel Argüello (L. S.)


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