"Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas, Acta de París."

Pais de Suscripción: Francia
Lugar de Suscripción: París
Fecha de Suscripción: 07/24/1971
Materia: Cultura
Tipo de Documento: Convenio
Resumen: El título del Instrumento, se ajustó conforme a su publicación oficial en Anexo II "Registro de Instrumentos Internacionales", Ley N°. 1032, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Cultura, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°.232 del 16 de diciembre de 2020.

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Texto Instrumento
Aprobación
Ratificación
Otro
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No. Gaceta: 204
Fecha Publicación: 10/26/1999
(Texto Aprobación)

ADHESIÓN AL CONVENIO DE BERNA PARA LA PROTECCIÓN DE LAS OBRAS LITERARIAS Y ARTÍSTICAS

DECRETO A.N. N°. 2376, aprobada el 6 de octubre de 1999

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 204 del 26 de octubre de 1999

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO


DE ADHESIÓN AL CONVENIO DE BERNA PARA LA PROTECCIÓN DE LAS OBRAS
LITERARIAS Y ARTÍSTICAS


Artículo 1.- Aprobar la Adhesión al Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas – Acta de París del 24 de Julio de 1971. Enmendado el 2 de Octubre de 1979.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los seis días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y nueve.- IVÁN ESCOBAR FORNOS, Presidente de la Asamblea Nacional.- VÍCTOR MANUEL TALAVERA HUETE. Secretario de la Asamblea Nacional.

Publíquese y ejecútese. Managua, catorce de Octubre de mil novecientos noventa y nueve.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO. Presidente de la República de Nicaragua.





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Fuente:
No. Gaceta: 73
Fecha Publicación: 04/22/1998
(Texto Ratificación)

ADHESIÓN DE NICARAGUA AL CONVENIO DE BERNA PARA LA PROTECCIÓN DE LAS OBRAS LITERARIAS Y ARTÍSTICAS

DECRETO EJECUTIVO N°. 23-98, aprobado el 1 abril 1998

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 73 del 22 abril 1998

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

HA DICTADO:

El siguiente:
DECRETO:
ADHESIÓN DE NICARAGUA AL CONVENIO DE BERNA PARA LA PROTECCIÓN DE LAS OBRAS LITERARIAS Y ARTÍSTICAS

Artículo 1.- Adherirse al Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas - Acta de París del 24 de Julio de 1971, Enmendado el 2 de Octubre de 1979.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial el primer día del mes de Abril de mil novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.- EDUARDO MONTEALEGRE RIVAS.- MINISTRO DE LA PRESIDENCIA.


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Asamblea Nacional de Nicaragua