"Convenio para la continuación de la Campaña contra la Langosta, Centro América y México (San Salvador, 1951)"

Pais de Suscripción: El Salvador
Lugar de Suscripción: San Salvador
Fecha de Suscripción: 07/14/1951
Materia: Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional
Tipo de Documento: Convenio
Resumen: El título del Instrumento, se ajustó conforme a su publicación en el Anexo II "Registro de Instrumentos Internacionales" de la Ley N°. 1067, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (SSAN) publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 148 del 10 de agosto de 2021. Enlace a la Legislación Relacionada.

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Texto Instrumento
Aprobación
Ratificación
Otro
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No. Gaceta: 249
Fecha Publicación: 11/21/1951
(Texto Aprobación)

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

A sus habitantes,

SABED:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA N°. 8

La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,

RESUELVEN:

Artículo 1.- Aprobar en todas sus partes el Convenio de la IV Conferencia de Ministros de Agricultura de Centro América y México, para la continuación de la Campaña contra la Langosta, firmado el 14 de Julio del corriente año en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, suscrito por parte de Nicaragua por el señor Ministro de Agricultura y Trabajo don Enrique Fernando Sánchez, el cual Convenio fue ratificado por Acuerdo Ejecutivo No. 6 de fecha 8 de Agosto próximo pasado.

Artículo 2.- Esta Resolución deberá publicarse en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D. N., 25 de Septiembre de 1951.- A. MONTENEGRO, D. P.- SALVADOR CASTILLO, D. S.- IG. ROMÁN, D. S.

Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, D. N., 27 de Septiembre de 1951.- A. ABAUNZA E. S. P.- PABLO RENER., S. S. ALBERTO ARGUELLO V. S. S.
POR TANTO:

Ejecútese. Casa Presidencial.- Managua, Distrito Nacional, veintisiete de Septiembre de mil novecientos cincuenta y uno.- A. SOMOZA. (L. G. S. N.), El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, OSCAR SEVILLA SACASA (L. S.)




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Fuente:
No. Gaceta: 249
Fecha Publicación: 11/21/1951
(Texto Ratificación)

CONVENIO PARA CONTINUACIÓN DE LA CAMPAÑA CONTRA LA LANGOSTA

N°. 2, Aprobado el 27 de Septiembre 1951

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 249 del 21 de noviembre de 1951

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
DECRETA:

Primero.- Se ratifica en todas sus partes el Convenio para la continuación de la Campaña contra la Langosta, Centro-América y México, suscrito en la Cuarta Conferencia de Ministros de Agricultura de Centro América y México, que tuvo lugar en la ciudad de San Salvador el 14 de Julio de 1951.

Segundo.- Confirmase la aprobación dada al mencionado Convenio en el ramo de Agricultura, por Acuerdo Ejecutivo No. 6 del 8 de Agosto del corriente año y comunicada a la Cancillería de El Salvador el 13 de Agosto del mismo año.

Comuníquese: Casa Presidencial.- Managua, Distrito Nacional, veintisiete de Septiembre de mil novecientos cincuenta y uno.- A SOMOZA.- El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Oscar Sevilla Sacasa.


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