"Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar 1978/1995 (STCW 78/95) de la Organización Marítima Internacional (OMI) (Londres, 1978) y sus Enmiendas aprobadas hasta el año dos mil seis"

Pais de Suscripción: Reino Unido
Lugar de Suscripción: Londres
Fecha de Suscripción: 07/07/1978
Materia: Transporte
Tipo de Documento: Convenio
Resumen: El título del Instrumento, se ajustó conforme a su publicación oficial en el Anexo II "Registro de Instrumentos Internacionales" de la Ley N°.1036, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Transporte, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 17 del 26 de enero de 2021. Enlace a Legislación Relacionada.

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Texto Instrumento
Aprobación
Ratificación
Otro
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Fuente: Internet
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Información tomada de: La Gaceta, Diario Oficial de la República de Nicaragua.
URL: https://normativapesquera.files.wordpress.com/2013/10/stcw78-95.pdf
(Texto)

Convenio-1978 (STCW78-95).pdf

Nota: La presente norma, se había publicado con el siguiente título: Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar 1978/1995 (STCW 78/95) de la Organización Marítima Internacional (OMI), y sus Enmiendas





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No. Gaceta: 222
Fecha Publicación: 11/20/2008
(Texto Aprobación)

DECRETO DE APROBACIÓN DE LA ADHESIÓN AL CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE NORMAS DE FORMACIÓN, TITULACIÓN Y GUARDIA PARA LA GENTE DE MAR 1978/1995 (STCW 78/95) DE LA ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL (OMI) Y SUS ENMIENDAS

DECRETO A.N. N°. 5547, aprobado el 17 de septiembre de 2008

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N° 222 del 20 de noviembre de 2008

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I
Que el día veintisiete de mayo del año dos mil ocho, el Poder Ejecutivo, mediante Decreto Ejecutivo No. 24-A-2008, se adhirió al Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar 1978/1995 (STCW 78/95) de la Organización Marítima Internacional (OMI) y sus enmiendas
II
Que el Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar 1978/1995 (STCW 78/95) de la Organización Marítima Internacional (OMI) y sus enmiendas tiene como propósito acrecentar la seguridad de la vida humana en el mar y la protección del medio marino, estableciendo de común acuerdo normas internacionales.
III
Que es de gran importancia para el estado de la República de Nicaragua, realizar los trámites necesarios para la adhesión al convenio y sus enmiendas, el que tiene como objetivo establecer normas mínimas a ser observadas en la formación y titulación de la gente de mar, a fin de garantizar la seguridad de la navegación y la prevención de la contaminación marina desde los buques.
POR TANTO

En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente;
DECRETO DE APROBACIÓN DE LA ADHESIÓN AL CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE NORMAS DE FORMACIÓN, TITULACIÓN Y GUARDIA PARA LA GENTE DE MAR 1978/1995 (STCW 78/95) DE LA ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL (OMI) Y SUS ENMIENDAS

Artículo 1 Aprobar la adhesión al Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar 1978/1995 (STCW 78/95) de la Organización Marítima Internacional (OMI) y sus Enmiendas, aprobadas hasta el año dos mil seis.

Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil ocho. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional.- Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.



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No. Gaceta:173
Fecha Publicación:09/08/2008

Decreto N° 24-A-2008, De Adhesión al Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar 1978/1995 (STCW 78/95) de la Organización Marítima Internacional (OMI), y sus Enmiendas (Normas Jurídicas en la Web).
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Asamblea Nacional de Nicaragua