CONVENIO CONSTITUTIVO DE SERVICIOS AÉREOS CENTROAMERICANOS
RESOLUCIÓN N°. 142, aprobada el 22 de junio de 1960
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 15 del 18 de enero de 1961
POR CUANTO:
El día treinta de Junio de mil novecientos sesenta, se emitió la siguiente Ley:
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
A sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
RESOLUCIÓN N°. 142
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,
RESUELVE:
Único: Aprobar el Convenio Constitutivo de la Corporación Centroamericana de Servicios de Navegación Aérea, suscrito por el Plenipotenciario de Nicaragua en Tegucigalpa, Honduras, el día veintiséis de Febrero de mil novecientos sesenta.
Esta Resolución deberá publicarse en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D.N., 22 de Junio de 1960. J.J. Morales Marenco, D.P., Jesús Castillo Alvarado, D.S., Alfonso Martínez Talavera, D.S.,
Al Poder Ejecutivo: Cámara del Senado. Managua, D.N., 28 de Junio de 1960. Alejando Abaunza E, S.P. Leonardo Somarriba, S.S., Enrique Belli, S.S.
Por Tanto: Ejecútese. Managua, Distrito Nacional, treinta de Junio de mil novecientos sesenta. LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República. (L.G.S.N). El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Alejandro Montiel Argüello.
Expido el presente Instrumento de Ratificación firmado por Mí, sello con el Gran sello Nacional y refrendado por el señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores para ser depositado en la Organización de Aviación Civil Internacional, según lo dispuesto en el Artículo 32 del mencionado Convenio.
Dado en Casa Presidencial.- Managua, Distrito Nacional, a los veinticinco días de mes de Julio de mil novecientos sesenta. LUIS A. SOMOZA D., El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Alejandro Montiel Argüello.