PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
A sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
Resolución Legislativa N°.4
La Cámara de Diputados y la del Senado de la Republica de Nicaragua
Resuelven:
Articulo 1º.- Aprobar en todas sus partes la Constitución de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, así como el Decreto Ejecutivo de fecha 3 de Mayo de 1948 que le da su aprobación.
Articulo 2º.- Esta Resolución surtirá sus efectos desde su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D.N., 7 de Julio de 1948. (f) GUS. MERCADO D.P.- (f) JUAN F. ZAMORA D.S. – (f) AARON TUCKLER D.P. – (f) JUAN F.ZAMORA D.S.- (f) ARON TUCKLER .-D.S.
Al Poder Ejecutivo.- Càmara del Senado,.- Managua, D.N., 22 de Julio de 1948.- (f) PEDRO A. BLANDON.- S.P.- (f) SALVADOR CASTILLO S.S. (f) GILBERTO MORALES C, S.S. – (L.S.)
Por Tanto: Ejecùtese.- Managua. D.N.- Casa Presidencial, veintiocho de Julio de mil novecientos cuarenta y ocho. (f) V.M.ROMAN (L.S.) – El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, LUIS MANUEL DEBAYLE .- (L.S.)