"Aumento del número de Miembros del Consejo Económico y Social"

Pais de Suscripción: Estados Unidos
Lugar de Suscripción: Nueva York
Fecha de Suscripción: 12/20/1971
Materia: Relaciones Internacionales
Tipo de Documento: Enmienda
Resumen: Enlace a Legislación Relacionada

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Texto Instrumento
Aprobación
Ratificación
Otro
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No. Gaceta: 106
Fecha Publicación: 05/21/1973
(Texto Aprobación)

Aprobar las Enmiendas a la Carta de las Naciones Unidas adoptadas por la Asamblea General en Resoluciones 2847 del XXVI Período Ordinario de Sesiones

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 106 de 21 de mayo de 1973

Por Cuanto:

El día seis de Junio de mil novecientos setenta y dos se dictó el siguiente Acuerdo:

N°. 6
LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

Acuerda:

Primero: Aprobar las Enmiendas a la Carta de las Naciones Unidas adoptadas por la Asamblea General en Resoluciones 2847 del XXVI Período Ordinario de Sesiones, verificado en Nueva York, sede de la Organización el 20 de Diciembre de 1971, por la que se aumenta el número de miembros del Consejo Económico y Social.

Segundo: Someter dichas Enmiendas a la aprobación de la Honorable Asamblea Nacional Constituyente.

Comuníquese: Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, seis de junio de mil novecientos setenta y dos.- JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO.- R. MARTÍNEZ L. - F. AGÜERO. - ARNOLDO LOVO C. Doy fe: Luis Valle Olivares, Secretario. - El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, por la Ley, Julio C. Alegría".
Por Cuanto:


El día 14 de Diciembre de mil novecientos setenta y dos se dictó la siguiente Ley:

"LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO,

a los habitantes de la República,

Sabed:

Que la Asamblea Nacional Constituyente, ha ordenado lo siguiente:

Resolución N°. 8
LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

en uso de sus facultades,

Resuelve:

Único: Aprobar las Enmiendas a la Carta de las Naciones Unidas adoptadas por la Asamblea General en Resolución 2847 del XXVI Período Ordinario de Sesiones, verificado en New York, sede de la Organización, el 20 de Diciembre de 1971, por la que se aumenta el número de Miembros del Consejo Económico Social.

Esta Resolución deberá publicarse en el Diario Oficial "La Gaceta".

Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente. Managua, D.N., catorce de Diciembre de mil novecientos setenta y dos.
Pablo Rener, Presidente.

Ramiro Granera Padilla, Secretario.

Arnoldo Lacayo Maison, Secretario.

Por Tanto:

Ejecútese: Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, catorce de Diciembre de mil novecientos setenta y dos.
R. MARTÍNEZ L. F. AGÜERO. A. LOVO CORDERO. El Ministro de estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Alejandro Montiel Argüello".




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Fuente:
No. Gaceta: 106
Fecha Publicación: 05/21/1973
(Texto Ratificación)

Ratificar las Enmiendas a la Carta de las Naciones Unidas adoptadas por la Asamblea General en Resolución 2847 del XXVI

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 106 de 21 de Mayo de 1973

N°. 1

LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

Decreta:

Primero: Ratificar las Enmiendas a la Carta de las Naciones Unidas adoptadas por la Asamblea General en Resolución 2847 del XXVI Período Ordinario de Sesiones, verificado en Nueva York, sede de la Organización, el 20 de Diciembre de 1971, por la que se aumenta el número de Miembros del Consejo Económico y Social:

Segundo: Expedir el correspondiente Instrumento de Ratificación para su depósito en la Secretaría General de las Naciones Unidas.

Comuníquese: Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, siete de Abril de mil novecientos setenta y tres.- JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO. - R. MARTÍNEZ L. - EDMUNDO PAGUAGA IRÍAS. - A. LOVO CORDERO. Doy fe: Luis Valle Olivares, Secretario. - El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, por la Ley, Julio César Alegría".

Por Tanto:

Expedimos el presente Instrumento de Ratificación firmado por Nosotros, sellado con el Gran Sello Nacional y refrendado por el Señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores para ser depositado ante la Secretaría General de la Organización de las Naciones Unidas.

Dado en Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, a los nueve días del mes de Abril de mil novecientos setenta y tres. JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO. (f) ROBERTO MARTÍNEZ L. (f) EDMUNDO PAGUAGA IRÍAS. (f) ALFONSO LOVO CORDERO. Doy fe: Luis Valle Olivares, Secretario (L.G.S.N.) El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, por la Ley. (f) Julio César Alegría. (L.S.)

1/NOTA: Documentos Oficiales de la Asamblea General, vigésimo sexto periodo de sesiones. Suplemento N° 3 ( A/ 8403).


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Asamblea Nacional de Nicaragua