"Acuerdo sobre Servicios Aéreos entre la República Bolivariana de Venezuela y la República de Nicaragua (Maracay, 2019)"

Pais de Suscripción: Venezuela
Lugar de Suscripción: Maracay, Venezuela
Fecha de Suscripción: 10/25/2019
Materia: Transporte
Tipo de Documento: Acuerdos
Resumen: El título del Instrumento, se ajustó conforme a su publicación oficial en el Anexo II "Registro de Instrumentos Internacionales" de la Ley N°.1036, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Transporte, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 17 del 26 de enero de 2021.

.
Texto Instrumento
Aprobación
Ratificación
Otro
.

Show details for Texto InstrumentoTexto Instrumento


Hide details for AprobaciónAprobación

No. Gaceta: 235
Fecha Publicación: 12/10/2019
(Texto Aprobación)

DECRETO DE APROBACIÓN DEL "ACUERDO SOBRE SERVICIOS AÉREOS ENTRE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y LA REPÚBLICA DE NICARAGUA"

DECRETO LEGISLATIVO A. N. Nº. 8625, aprobado 28 de noviembre de 2019

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 235 de 10 de diciembre de 2019

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que es necesario contar con un instrumento que regule las relaciones bilaterales en materia de aviación civil entre el Gobierno de la República de Nicaragua y la República Bolivariana de Venezuela, estrechando la conectividad entre ambos Estados; y

II

El papel esencial del transporte aéreo internacional y su contribución al desarrollo económico y social a nivel nacional, así como la expansión del comercio y el turismo.

POR TANTO

En uso de sus facultades,

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO A. N. Nº. 8625

DECRETO DE APROBACIÓN DEL "ACUERDO SOBRE SERVICIOS AÉREOS ENTRE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y LA REPÚBLICA DE NICARAGUA"

Artículo 1 Apruébese el "Acuerdo sobre Servicios Aéreos entre la República Bolivariana de Venezuela y la República de Nicaragua", firmado en la ciudad de Maracay, Estado de Aragua de la República Bolivariana de Venezuela, el 25 de octubre del 2019.

Artículo 2 Esta aprobación legislativa, le conferirá efectos legales dentro y fuera del Estado de Nicaragua, una vez que haya entrado en vigencia internacionalmente. El Presidente de la República procederá a publicar el texto del "Acuerdo sobre Servicios Aéreos entre la República Bolivariana de Venezuela y la República de Nicaragua".

Artículo 3 Notificar al Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, el cumplimiento de los requisitos legales internos para su vigencia, de conformidad con el artículo 28 del Acuerdo.

Artículo 4 El presente Decreto Legislativo, entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto: Publíquese.

Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional, en la ciudad de Managua a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve. Lic. Loria Raquel Dixon Brautigam, Primera Secretaria de la Asamblea Nacional.



Hide details for Instrumentos RelacionadosInstrumentos Relacionados

No. Gaceta:201
Fecha Publicación:10/22/2019

Acuerdo Presidencial N°. 163-2019, (Otórguese Plenos Poderes al Capitán Carlos Salazar Sánchez, Director General del Instituto Nicaragüense de Aeronáutica Civil, para que actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba el "Acuerdo sobre Servicios Aéreos entre La República de Nicaragua y la República Bolivariana de Venezuela).
______________________________________
Asamblea Nacional de Nicaragua