"Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores"

Pais de Suscripción: Países Bajos
Lugar de Suscripción: La Haya
Fecha de Suscripción: 10/25/1980
Materia: Familia Niñez Juventud Adulto Mayor y Equidad de Género
Tipo de Documento: Convenio
Resumen: Enlace a Legislación Relacionada

.
Texto Instrumento
Aprobación
Ratificación
Otro
.

Show details for Texto InstrumentoTexto Instrumento


Hide details for AprobaciónAprobación

No. Gaceta: 171
Fecha Publicación: 09/08/2000
(Texto Aprobación)

APROBACIÓN DE ADHESIÓN AL CONVENIO SOBRE LOS ASPECTOS CIVILES DE LAS SUSTRACCIONES INTERNACIONALES DE MENORES

DECRETO EJECUTIVO N°. 81-2000, aprobado el 4 de septiembre de 2000

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 171 del 8 de septiembre de 2000

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que la Asamblea Nacional recibió el Proyecto de Decreto de Adhesión al Convenio Sobre los Aspectos Civiles de las Sustracciones Internacionales de Menores, el día veintisiete de junio de dos mil, para su aprobación, de acuerdo a lo establecido en el numeral 12 del artículo 138 de la Constitución Política, de conformidad con la razón de recibido puesta en la nota de remisión de dicha iniciativa.

II

Que la atribución concedida en nuestra Carta Magna a la Asamblea Nacional de aprobar o rechazar los convenios, se le ha otorgado con el fin de garantizar al país que los compromisos internacionales sean debatidos públicamente por las principales fuerzas políticas, económicas y sociales de la nación representadas en ese Poder del Estado.
III

Que ha transcurrido el plazo señalado en la Constitución Política, sin que la Asamblea Nacional haya aprobado o rechazado el Proyecto de Decreto de Adhesión al Convenio Sobre los Aspectos Civiles de las Sustracciones Internacionales de Menores.

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO

Artículo 1.- Se da por aprobado la Adhesión al Convenio Sobre los Aspectos Civiles de las Sustracciones Internacionales de Menores.

Artículo 2.- Ratificase en todas y cada una de sus partes el Convenio Sobre los Aspectos Civiles de las Sustracciones Internacionales de Menores.

Artículo 3.- Expedir el correspondiente Instrumento de Ratificación para su depósito en las oficinas correspondientes.

Artículo 4.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el cuatro de septiembre del año dos mil. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.



Show details for Instrumentos RelacionadosInstrumentos Relacionados
______________________________________
Asamblea Nacional de Nicaragua