"Protocolo para la Disolución del Instituto Internacional de Agricultura y la Transferencia de sus Funciones y Haberes a la Organización de Alimentos y Agricultura de las Naciones Unidas (Roma, 1946)"

Pais de Suscripción: Italia
Lugar de Suscripción: Roma
Fecha de Suscripción: 03/30/1946
Materia: Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional
Tipo de Documento: Protocolo
Resumen: El título del Instrumento, se ajustó conforme a su publicación en el Anexo II "Registro de Instrumentos Internacionales" de la Ley N°. 1067, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (SSAN) publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 148 del 10 de agosto de 2021. Enlace a la Legislación Relacionada

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Texto Instrumento
Aprobación
Ratificación
Otro
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No. Gaceta: 254
Fecha Publicación: 11/21/1947
(Texto Aprobación)

PROTOCOLO PARA LA DISOLUCIÓN DEL INSTITUTO INTERNACIONAL DE AGRICULTURA Y LA TRANSFERENCIA DE SUS FUNCIONES Y HABERES A LA ORGANIZACIÓN DE ALIMENTOS Y AGRICULTURA DE LAS NACIONES UNIDAS

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 254 del 21 de noviembre de 1947

POR CUANTO:

El día tres de Noviembre de mil novecientos cuarenta y siete, se emitió la siguiente Ley:
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

a sus habitantes,
SABED:

Que la Asamblea Nacional Constituyente ha ordenado lo siguiente:
RESOLUCIÓN NO. 2
LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
En Funciones de Cuerpo Legislativo Ordinario,
RESUELVE:

Único:- Aprobar el “Protocolo para la disolución del Instituto Internacional de Agricultura y la transferencia de sus funciones y haberes a la Organización de Alimentos y Agricultura de las Naciones Unidas”, suscrito en Roma el 30 de Marzo de 1946, así como el Acuerdo Ejecutivo de 18 de Octubre de 1947 que le dio su aprobación.

La presente Resolución deberá publicarse en “La Gaceta”, Diario Oficial.

Sala de Comisiones de la Asamblea Nacional Constituyente.- Managua, D. N., 30 de Octubre de 1947.- (Fdo.) Fernando Alaniz B., Presidente.- (Fdo.) Alejandro Argüello M., Secretario.- (Fdo.) Mariano Valle Quintero, Secretario.- (L. S.)

Por Tanto: Ejecútese.-Casa Presidencial.-Managua, D. N., tres de Noviembre de mil novecientos cuarenta y siete.- (Fdo.) V: M: ROMAN.- (L. G. S. N.).- El Secretario de Relaciones Exteriores, por la ley, ALEJANDRO MONTIEL ARGÜELLO.- (L. S.)




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Fuente:
No. Gaceta: 254
Fecha Publicación: 11/21/1947
(Texto Ratificación)

PROTOCOLO PARA LA DISOLUCIÓN DEL INSTITUTO INTERNACIONAL DE AGRICULTURA Y LA TRANSFERENCIA DE SUS FUNCIONES Y HABERES A LA ORGANIZACIÓN DE ALIMENTOS Y AGRICULTURA DE LAS NACIONES UNIDAS

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 254 del 21 de noviembre de 1947

POR CUANTO:


POR CUANTO:

El día seis de Noviembre de mil novecientos cuarenta y siete, se dictó el siguiente Decreto:
“NÚMERO 3

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

DECRETA:

Primero:- Se ratifican y confirman todos y cada uno de los artículos de que consta el Protocolo para la disolución del Instituto Internacional de Agricultura y la transferencia de sus funciones y haberes a la Organización de Alimentos y Agricultura de las Naciones Unidas, suscrito en Roma el 30 de Marzo de 1946.

Segundo:- Expedir el correspondiente Instrumento de Ratificación para su debido depósito en la Secretaría General de dicha Organización.

Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., seis de Noviembre de mil novecientos cuarenta y siete.- (Fdo.) V. M. ROMAN.- El Secretario de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, ALEJANDRO MONTIEL ARGÜELLO”.
POR TANTO:

Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por Mí, sellado con el Gran Sello Nacional, y refrendado por el señor Secretario de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, por la ley, para que sea depositado en la Secretaría de la Organización de Alimentos y Agricultura de las Naciones Unidas, conforme el Artículo VI del Protocolo.

Dado en Casa Presidencial.- Managua, Distrito Nacional, a los siete días del mes de Noviembre de mil novecientos cuarenta y siete.- (Fdo.) V. M. ROMAN. (L. G. S. N.).- El Secretario de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, por la ley, ALEJANDRO MONTIEL ARGÜELLO. (L. S.)


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