"Protocolo para la Disolución del Instituto Internacional de Agricultura y la Transferencia de sus Funciones y Haberes a la Organización de Alimentos y Agricultura de las Naciones Unidas (Roma, 1946)"

Pais de Suscripción: Italia
Lugar de Suscripción: Roma
Fecha de Suscripción: 03/30/1946
Materia: Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional
Tipo de Documento: Protocolo
Resumen: El título del Instrumento, se ajustó conforme a su publicación en el Anexo II "Registro de Instrumentos Internacionales" de la Ley N°. 1067, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (SSAN) publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 148 del 10 de agosto de 2021. Enlace a la Legislación Relacionada

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Texto Instrumento
Aprobación
Ratificación
Otro
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Fuente:
No. Gaceta: 254
Fecha Publicación: 11/21/1947
(Texto Ratificación)

PROTOCOLO PARA LA DISOLUCIÓN DEL INSTITUTO INTERNACIONAL DE AGRICULTURA Y LA TRANSFERENCIA DE SUS FUNCIONES Y HABERES A LA ORGANIZACIÓN DE ALIMENTOS Y AGRICULTURA DE LAS NACIONES UNIDAS

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 254 del 21 de noviembre de 1947

POR CUANTO:


POR CUANTO:

El día seis de Noviembre de mil novecientos cuarenta y siete, se dictó el siguiente Decreto:
“NÚMERO 3

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

DECRETA:

Primero:- Se ratifican y confirman todos y cada uno de los artículos de que consta el Protocolo para la disolución del Instituto Internacional de Agricultura y la transferencia de sus funciones y haberes a la Organización de Alimentos y Agricultura de las Naciones Unidas, suscrito en Roma el 30 de Marzo de 1946.

Segundo:- Expedir el correspondiente Instrumento de Ratificación para su debido depósito en la Secretaría General de dicha Organización.

Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., seis de Noviembre de mil novecientos cuarenta y siete.- (Fdo.) V. M. ROMAN.- El Secretario de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, ALEJANDRO MONTIEL ARGÜELLO”.
POR TANTO:

Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por Mí, sellado con el Gran Sello Nacional, y refrendado por el señor Secretario de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, por la ley, para que sea depositado en la Secretaría de la Organización de Alimentos y Agricultura de las Naciones Unidas, conforme el Artículo VI del Protocolo.

Dado en Casa Presidencial.- Managua, Distrito Nacional, a los siete días del mes de Noviembre de mil novecientos cuarenta y siete.- (Fdo.) V. M. ROMAN. (L. G. S. N.).- El Secretario de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, por la ley, ALEJANDRO MONTIEL ARGÜELLO. (L. S.)


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