DECRETO DE APROBACIÓN DEL PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA Y OTROS TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES
DECRETO A.N. No. 5437, aprobado el 26 de agosto de 2008
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N° 175 del 10 de septiembre de 2008
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO DE APROBACIÓN DEL PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA Y OTROS TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES
Artículo 1 Apruébese el “PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA Y OTROS TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES”, aprobado el 18 de diciembre del 2002, por la Asamblea General de las Naciones Unidas, cuyo texto se anexa y forma parte integrante de este Decreto.
Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial, anexándose el texto del “Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes”. El instrumento de ratificación será depositado en la Secretaría de las Naciones Unidas, entrando en vigencia internacionalmente conforme lo establece el artículo 28 del Protocolo Facultativo.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil ocho. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional.- Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.