APROBACIÓN AL PROTOCOLO DEL TRATADO CONSTITUTIVO DEL PARLAMENTO CENTROAMERICANO Y OTRAS INSTANCIAS POLÍTICAS
DECRETO A.N. N°. 184, aprobado el 27 de marzo de 1990
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 68 del 5 de abril de 1990
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO:
Artículo 1.- Apruébese el Protocolo del Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano y otras Instancias Políticas, suscrito por el Presidente de la República de Nicaragua el 9 de Diciembre de 1989, y por los Presidentes de las Repúblicas de Guatemala, Costa Rica, Honduras, y El Salvador, los días 15 y 29 de Septiembre, 6 de Noviembre y 9 de Diciembre de 1989, respectivamente.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintisiete días del mes de Marzo de mil novecientos noventa, “Año de la Paz y la Reconstrucción”. CARLOS NÚÑEZ TÉLLEZ, Presidente de la Asamblea Nacional. RAFAEL SOLÍS CERDA, Secretario de la Asamblea Nacional.
Por tanto publíquese y ejecútese. Managua, veintiocho de Marzo de mil novecientos noventa, “Año de la Paz y la Reconstrucción”. DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República.