APROBACIÓN DEL TRATADO DE ASISTENCIA LEGAL MUTUA EN ASUNTOS PENALES ENTRE LAS REPÚBLICAS DE COSTA RICA, EL SALVADOR, GUATEMALA, HONDURAS, NICARAGUA Y PANAMÁ
DECRETO A.N. N°. 1902, aprobado el 11 de junio de 1998
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 116 de 23 de junio de 1998
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
Hace saber al pueblo Nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
En uso de sus facultades;
HA DICTADO:
El siguiente:
DECRETO:
DE APROBACIÓN DEL TRATADO DE ASISTENCIA LEGAL MUTUA EN ASUNTOS PENALES ENTRE LAS REPÚBLICAS DE COSTA RICA, EL SALVADOR, GUATEMALA, HONDURAS, NICARAGUA Y PANAMÁ
Artículo 1.- Apruébase «Tratado de Asistencia Legal Mutua en asuntos Penales entre las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá», suscrito en la Ciudad de Guatemala, República de Guatemala el 29 de Octubre de 1993, por los Ministros de Relaciones Exteriores de Centroamérica y Panamá. El que está compuesto de Un Preámbulo y Veintiséis Artículos.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los once días del mes de Junio de mil novecientos noventa y ocho.- Iván Escobar Fornos.- Presidente de la Asamblea Nacional.- Noel Pereira Majano.- Secretario de la Asamblea Nacional.
POR TANTO:
Publíquese y Ejecútese. Managua, veintidós de Junio de mil novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA