"Contrato de Préstamo N°. 2272 Tramo B, también conocido como CIE/BC-DL/NICARAGUA/0020012282, entre el Gobierno de la República de Nicaragua, el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE)"

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Fecha de Suscripción: 10/05/2021
Materia: Salud
Tipo de Documento: Contrato de Préstamo
Resumen:

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Fuente: Otra
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Información tomada de: https://bit.ly/Contrato_de_Préstamo_2272-Tramo_B
Nombre de la fuente:Asamblea Nacional de la República de Nicaragua-Sistema de Seguimiento de Ley (SELEY).
(Texto)

Contrato de Préstamo N°. 2272 Tramo B.pdf





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No. Gaceta: 191
Fecha Publicación: 10/15/2021
(Texto Aprobación)

DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO Nº. 2272 TRAMO B, TAMBIÉN CONOCIDO COMO CIE/BC-DL/ NICARAGUA/0020012282, SUSCRITO EL 05 DE OCTUBRE DE 2021 ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, REPRESENTADA POR EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE) Y EL UK EXPORT FINANCE (UKEF, POR SUS SIGLAS EN INGLÉS) DEL REINO UNIDO, Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS, PARA COFINANCIAR EL PROYECTO "FORTALECIMIENTO DE LA CAPACIDAD DE ATENCIÓN EN LA RED DE SERVICIO HOSPITALARIA EN UNIDADES DE SALUD PRIORIZADAS"

DECRETO A.N. N°. 8772, aprobado el 14 de octubre de 2021

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 191 del 15 de octubre de 2021

LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial Nº. 161-2021 publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 169 del 08 de septiembre de 2021, el Viceministro General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscribió el 05 de octubre de 2021 con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) y el UK Export Finance (UKEF, por sus siglas en inglés) del Reino Unido, y otras Instituciones Financieras, el Contrato de Préstamo Nº. 2272 Tramo B, también conocido como CIE/ BC-DL/NICARAGUA/0020012282.

II

Que mediante el Contrato de Préstamo Nº. 2272 Tramo B, también conocido como CIE/BC-DL/NICARAGUA/0020012282, el BCIE y el UKEF y otras Instituciones Financieras otorgan al Gobierno de la República de Nicaragua un préstamo por un monto de Noventa y Seis Millones Ciento Diez Mil Seiscientos Cincuenta y Uno Dólares con Treinta y Ocho Centavos de Dólar (US$ 96,110,651.38), moneda de los Estados Unidos de América, de los cuales corresponden al BCIE, un monto de Sesenta y Seis Millones Quinientos Cincuenta y Seis Mil Trescientos Treinta Dólares con Cincuenta y Cuatro Centavos de Dólar (US$ 66,556,330.54 ), moneda de los Estados Unidos de América, provenientes de recursos ordinarios del BCIE, garantizados por UKEF, y el cual comprenderá el Tramo B del Préstamo Nº. 2272 y por otra parte el préstamo directo de UKEF, por un monto de Veintinueve Millones Quinientos Cincuenta y Cuatro Mil Trescientos Veinte Dólares con Ochenta y Cuatro Centavos de Dólar (US$ 29,554,320.84), moneda de los Estados Unidos de América, el cual comprenderá a la Facilidad UKEF, para cofinanciar el Proyecto "Fortalecimiento de la Capacidad de Atención en la Red de Servicio Hospitalaria en Unidades de Salud Priorizadas", con las siguientes condiciones financieras: Recursos Ordinarios del BCIE, garantizados por UKEF: Plazo diez años (10) y ocho meses (8), incluyendo un período de gracia de quince (15) meses; tasa de interés Libor a seis (6) meses revisable y ajustable semestralmente, más un margen del uno coma cinco por ciento (1,5%), revisable y ajustable trimestralmente, durante la vigencia del préstamo; una comisión de compromiso de cero coma veinticinco por ciento (0,25%) anual sobre saldos no desembolsados, la cual empezará a devengarse a partir de la fecha de entrada en vigencia del contrato de préstamo, y una comisión de seguimiento y administración calculada al tipo de cero coma veinticinco por ciento (0,25%) anual sobre el monto total del préstamo, pagadera de una sola vez, a más tardar al momento del primer desembolso del préstamo. Facilidad UKEF, Préstamo Directo: Plazo diez años (10) y ocho meses (8), incluyendo un período de gracia de quince (15) meses; tasa de interés de uno coma cuarenta y seis por ciento (1,46%) fija pagadera al UKEF; comisión de Apoyo del UKEF.

III

Que las condiciones financieras del Contrato de Préstamo, permiten obtener una concesionalidad de 17 .67% aproximadamente, la cual está conforme y cumple con los requerimientos de endeudamiento público de la República de Nicaragua; con la Modificación de los Lineamientos de la Política Anual de Endeudamiento Público 2021, Decreto Presidencial Nº. 18-2021, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 165 del 02 de septiembre de 2021; con los objetivos planteados en la Estrategia Nacional de Deuda Pública 2020-2023, Decreto Presidencial Nº. 29-2019, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 244 del 20 de diciembre de 2019 y con la Ley Nº. 477, Ley General de Deuda Pública, publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 236 del 12 de diciembre de 2003 y el numeral 3 del artículo 50 de su Reglamento, Decreto Nº. 2-2004, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 21 del 30 de enero de 2004 y sus reformas.

POR TANTO

En uso de sus facultades,

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO A.N. N°. 8772

DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO Nº. 2272 TRAMO B, TAMBIÉN CONOCIDO COMO CIE/BC-DL/ NICARAGUA/0020012282, SUSCRITO EL 05 DE OCTUBRE DE 2021 ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, REPRESENTADA POR EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE) Y EL UK EXPORT FINANCE (UKEF, POR SUS SIGLAS EN INGLÉS) DEL REINO UNIDO, Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS, PARA COFINANCIAR EL PROYECTO "FORTALECIMIENTO DE LA CAPACIDAD DE ATENCIÓN EN LA RED DE SERVICIO HOSPITALARIA EN UNIDADES DE SALUD PRIORIZADAS"

Artículo 1 A pruébese el Contrato de Préstamo Nº. 2272 Tramo B, también conocido como CIE/BC-DL/ NICARAGUA/0020012282 suscrito el 05 de octubre de 2021, entre la República de Nicaragua, representada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP), el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) y el UK Export Finance (UKEF, por sus siglas en inglés) del Reino Unido, y otras Instituciones Financieras, así como todos los documentos que conlleven a la contratación y ejecución del contrato de préstamo, por un monto de Noventa y Seis Millones Ciento Diez Mil Seiscientos Cincuenta y Uno Dólares con Treinta y Ocho Centavos de Dólar (US$ 96, 110,651.38), moneda de los Estados Unidos de América, de los cuales corresponden al BCIE, un monto de Sesenta y Seis Millones Quinientos Cincuenta y Seis Mil Trescientos Treinta Dólares con Cincuenta y Cuatro Centavos de Dólar (US$ 66,556,330.54), moneda de los Estados Unidos de América, provenientes de recursos ordinarios del BCIE garantizados por UKEF, el cual comprenderá el Tramo B del Préstamo Nº. 2272 y por otra parte el préstamo directo de UKEF, por un monto de Veintinueve Millones Quinientos Cincuenta y Cuatro Mil Trescientos Veinte Dólares con Ochenta y Cuatro Centavos de Dólar (US$ 29,554,320.84), moneda de los Estados Unidos de América, el cual comprenderá a la Facilidad UKEF, para cofinanciar el Proyecto "Fortalecimiento de la Capacidad de Atención en la Red de Servicio Hospitalaria en Unidades de Salud Priorizadas", ejecución a cargo del Ministerio de Salud (MINSA).

Artículo 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto: Publíquese.

Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional, en la ciudad de Managua a los catorce días del mes de octubre del año dos mil veintiuno. Dip. Loria Raquel Dixon Brautigam, Primera Secretaria de la Asamblea Nacional.



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No. Gaceta:72
Fecha Publicación:04/26/2023

Acuerdo Presidencial N°. 44-2023, [Autorizar al Viceministro del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para que, actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Centroamericano De Integración Económica (BCIE)].

Acuerdo Presidencial N°. 196-2023, (Otórguese Plenos Poderes al Compañero Luis Erick Rodríguez Lanuza, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Nicaragua ante el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, para que en Nombre y Representación del Gobierno de la República de Nicaragua, Actúe en Calidad de Agente de Notificaciones)

Acuerdo Presidencial N°. 198-2021, (Otórguese Plenos Poderes a la Compañera Máster Guisell Socorro Morales Echaverry, Embajadora y Plenipotenciaria de la República de Nicaragua ante el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, ante el Gobierno de la República portuguesa, en calidad de concurrente, con sede en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Para que, actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, para que actúe en calidad de agente de notificaciones en relación con cualesquiera procesos se emprendan ante los tribunales ingleses en relación con cualquier documento de financiación).

Acuerdo Presidencial N°. 161-2021, (Autorizar al Viceministro General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para que, actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) y el Uk Export Finance (UKEF, por sus siglas en inglés) del Reino Unido el Contrato de Préstamo N°. 2272 Tramo B).
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