Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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(HÁSE POR INSTALADA LA CÁMARA DEL SENADO)

Aprobado el 15 de Abril de 1957

Publicado en La Gaceta No. 110 del 20 de Mayo de 1957

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

A sus habitantes

SABED:

Que la Cámara del senado de la República de Nicaragua,
DECRETA:

Único.- Háse por instalada la Cámara del Senado en sus sesiones ordinarias correspondientes al séptimo período constitucional del Congreso.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara del Senado.- Managua, Distrito Nacional, quince de Abril de mil novecientos cincuenta y siete.- MARIANO ARGÜELLO, Senador Presidente.- PABLO RENER, Senador Secretario.- C. LÓPEZ IRÍAS, Senador Secretario.

POR TANTO:

PUBLÍQUESE.- Casa Presidencial.- Managua D.N., 15 de Abril de 1957.- LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República.- JULIO C. QUINTANA, Ministro de la Gobernación.
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