(HÁSE POR INSTALADA LA CÁMARA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA)
DECRETO LEGISLATIVO, Aprobado el 11 de Marzo 1946
Publicado en La Gaceta No.56 del 13 de Marzo 1946
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
a sus habitantes
SABED:
Que la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,
DECRETA:
Único.- Háse por instalada la Cámara del Senado de la República de Nicaragua en las sesiones extraordinarias a que fué convocado por el Congreso por decreto ejecutivo No. 301 de uno de Marzo de mil novecientos cuarenta y seis.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara del Senado.- Managua, D. N., 11 de Marzo de 1946.- Mariano Argüello V., S. P.-J. Solórzano Díaz, S. S.- A. Alemán, S., S. S.
Por Tanto: Publíquese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., 11 de Marzo de 1946. A. SOMOZA, Presidente de la República.- M. Salmerón, Ministro de la Gobernación.