Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir, Transporte
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, SUSCRIBA CON EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), CONVENIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO DE PREINVERSION Y COOPERACIÓN TÉCNICA, DENTRO DEL SUBPROGRAMA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, BAJO LA MODALIDAD DE RECUPERACIÓN CONTINGENTE PARA EL SECTOR PÚBLICO, HASTA POR LA SUMA DE UN MILLÓN CUATROCIENTOS OCHO MIL NOVECIENTOS DÓLARES CON CINCUENTA CENTAVOS (US$1,408,900.50), MONEDA DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, PARA FINANCIAR LOS ESTUDIOS DE PREINVERSIÓN DE LA FASE I DE LA CARRETERA LITORAL SUR, DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 39-2018, aprobado el 1° de febrero de 2018

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 32 del 14 de febrero de 2018
El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

CONSIDERANDO ÚNICO

Que el Directorio del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), mediante Resolución No. DI-110/2017 del 28 de noviembre de 2017, autorizó el otorgamiento de una Cooperación Técnica en el Marco del Programa de Financiamiento de Preinversión y Cooperación Técnica, dentro del Subprograma de Cooperación Técnica, bajo la modalidad de Recuperación Contingente para el Sector Público, hasta por la suma de Un Millón Cuatrocientos Ocho Mil Novecientos Dólares con Cincuenta Centavos (US$1,408,900.50), moneda de Estados Unidos de América, para financiar los estudios de Preinversión de la Fase I de la Carretera Litoral Sur, de la República de Nicaragua.

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público, para que actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), Convenio de Cooperación Técnica en el Marco del Programa de Financiamiento de Preinversión y Cooperación Técnica, dentro del Subprograma de Cooperación Técnica, bajo la modalidad de Recuperación Contingente para el Sector Público, hasta por la suma de Un Millón Cuatrocientos Ocho Mil Novecientos Dólares con Cincuenta Centavos (US$1,408,900.50), moneda de Estados Unidos de América, para financiar los estudios de Preinversión de la Fase I de la Carretera Litoral Sur, de la República de Nicaragua, el cual será ejecutado por el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI).

Artículo 2. La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministro de Hacienda y Crédito Público en la suscripción del Convenio de Cooperación Técnica, referido en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día primero de febrero del año dos mil dieciocho. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.
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