AUTORIZASE AL PODER EJECUTIVO ORDENE LA EMISIÓN DE SELLOS POSTALES
DECRETO LEGISLATIVO NO.216 Aprobado el 18 de Octubre de 1956
Publicado en La Gaceta No.251 del 5 de Noviembre de 1956
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
A sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
DECRETO No.216
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua
Decretan:
Artículo 1º .- Autorizase al Poder Ejecutivo, por medio del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para que, como caso especial, ordene la Emisión de Sellos Postales en las cantidades y por los valores que juzgue conveniente, como un homenaje luctuoso a la memoria del Excelentísimo Señor General Anastasio Somoza, Presidente fallecido de Nicaragua.
Artículo 2º.- Al concederse la autorización a que se refiere el artículo anterior, se suspenden por esta vez, las disposiciones de la Ley de Especies Postales y Filatelia y sus reformas, que venden o dificulten de algún modo, la Emisión autorizada.
Artículo 3º.- La presente ley entrará en vigor desde su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D.N., 18 de Octubre de 1956.- (f) Ulises Irías, D.P., (f) A. Montenegro, D.S.- (f) Salvador Castillo, D.S.
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado. Managua, D.N., 19 de Octubre de 1956.- (f) Lorenzo Guerrero, S.P. (F) Pablo Rener, S.S. _ (f) José María Zelaya, S.S.
Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua.., D.N., 2 de Noviembre de 1956. (f ) LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República.- (f) Rafael A, Huezo, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público.