Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio, Tributaria
Categoría normativa: Disposiciones Administrativas
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USO DE TIMBRE FISCAL INTEGRADO

DISPOSICIÓN ADMINISTRATIVA GENERAL Nº. 03-2018, aprobada el 13 de septiembre de 2018

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 181 del 20 de septiembre de 2018

El suscrito Director General de Ingresos, en uso de las facultades que le confieren los artículos 152 numerales 3 y 223 numeral 5 de la Ley Nº 562 Código Tributario de la República de Nicaragua, publicada en la Gaceta Nº 227, Diario Oficial del 23 de noviembre del año 2005, con base en el art. 34 del mismo Código, art. 243 de la Ley Nº 822, Ley de Concertación Tributaria y conforme al Acuerdo Ministerial Nº 09-2018, emitido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) en fecha del cinco de septiembre del año dos mil dieciocho.

CONSIDERANDO

ÚNICO

Que la modernización de los procesos de la Dirección General de Ingresos (DGI), deben estar orientados a la simplificación y agilización de los servicios administrativos que requieren los contribuyentes y público en general. Por lo que,

DISPONE

PRIMERO: Proporcionar a los contribuyentes y público en general, el mecanismo de Timbre Fiscal Integrado a los Certificados Catastrales de Bienes Muebles e Inmuebles gestionados en la Dirección General de Ingresos (DGI).

SEGUNDO: Esta disposición aplica también para cualquier otro documento y certificación que por ley esté obligado a llevar timbre fiscal, previo aviso de la DGI.

TERCERO: Realizar el pago del Timbre Fiscal Integrado por medio de la emisión de Boleta de Información Tributaria, en instituciones bancarias del Sistema Financiero Nacional autorizadas por la DGI.

CUARTO: Facilitar la consulta de validez del Timbre Fiscal Integrado a través de la lectura del código QR.

QUINTO: Los documentos emitidos antes de la entrada en vigencia de esta Disposición, deben llevar adherido al documento el Timbre Fiscal en físico.

SEXTO: Esta Disposición Administrativa General, entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio, sin perjuicio de su divulgación en la Gaceta Diario Oficial.

Dada en la Ciudad de Managua a los trece días del mes de septiembre de año dos mil dieciocho. (F) Martín Gustavo Rivas Ruiz. Director General de Ingresos.
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