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TRATADO ENTRE NICARAGUA Y COLOMBIA (TRATADO BÁRCENAS MENESES - ESGUERRA)
DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 03 de abril de 1930
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 143 del 1 de julio de 1930
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
A sus habitantes
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
DECRETAN:
ÚNICO: Ratificase el Tratado celebrado entre Nicaragua y la República de Colombia el 24 de Marzo de 1928, que aprobó el Poder Ejecutivo el 27 del mismo mes y año, Tratado que pone término a la cuestión pendiente entre ambas Repúblicas sobre el Archipiélago de San Andrés y Providencia y la Mosquitia Nicaragüense; en la inteligencia de que el Archipiélago de San Andrés que se menciona en la cláusula primera del Tratado no se extiende al Occidente del meridiano 82 de Greenwich, de la carta publicada en octubre de 1885, por la Oficina Hidrográfica de Washington, bajo la autoridad del Secretario de la Marina de los Estados Unidos de la América del Norte.
El presente decreto deberá incluirse en el Instrumento de Ratificación.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara del Senado – Managua, 6 de marzo de 1930. V. M. ROMÁN, S. P., - VICENTE F. ALTAMIRANO, S. S., - J. CAJINA MORA, S. S.
Managua, 3 de Abril de 1930. C. A. GONZÁLEZ, S. P., - HERNÁN GÓNGORA, D. S., - J. AGUSTÍN BÁEZ, D. S.
POR TANTO: EJECÚTESE. Palacio del Ejecutivo – Managua, 5 de Abril de 1930. J. M. MONCADA. - El Ministro de Relaciones Exteriores, J. IRIAS.
Observación: El título de la norma, conforme publicación de la Ley N°. 1049, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Relaciones Internacionales, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 130 del 14 de julio de 2021.