Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
Abrir Gaceta
-

Ver Instrumento Internacional

(OTÓRGUESE PLENOS PODERES AL COMPAÑERO MOHAMED FARRARA LASHTAR MINISTRO ASESOR Y DELEGADO DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA PARA ÁFRICA, MEDIO ORIENTE Y PAÍSES ÁRABES, EMBAJADOR EXTRAORDINARIO Y PLENIPOTENCIARIO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA EN EL ESTADO DE KUWAIT, CONCURRENTE CON EGIPTO, QATAR, EMIRATOS ÁRABES UNIDOS, ARABIA SAUDITA, ARGELIA Y JORDANIA)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 16-2021, aprobado el 21 de enero de 2021

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 16 del 25 de enero de 2021

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa

El Presidente de la República de Nicaragua,
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere
La Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Otórguese Plenos Poderes al Compañero Mohamed Farrara Lashtar Ministro Asesor y Delegado del Presidente de la República para África, Medio Oriente y Países Árabes, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Nicaragua en el Estado de Kuwait, concurrente con Egipto, Qatar, Emiratos Árabes Unidos, Arabia Saudita, Argelia y Jordania. Representante ante la Liga de los Estados Árabes, para que actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba el “Acuerdo de Préstamo Complementario para la Construcción y Equipamiento del Proyecto de Hospital Departamental de Chinandega y Modificación del Contrato de Préstamo N° 899 entre la República de Nicaragua y el Fondo KUWAITI para el Desarrollo Económico Árabe”.

Artículo 2. La certificación de este Acuerdo Presidencial es suficiente para acreditar la facultad del Compañero Mohamed Farrara Lashtar, para actuar en representación del Gobierno de la República de Nicaragua de conformidad con el contenido del Artículo 1 del presente instrumento.

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día veintiuno de enero del año dos mil veintiuno. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.