Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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SE DECLARA DE UTILIDAD PÚBLICA Á BENEFICIO DEL PUEBLO DE LA PAZ LA OCUPACIÓN DE UNA ÁREA DE TERRENO

DECRETO LEGISLATIVO, Aprobado el 8 de Marzo de 1895

Publicado en La Gaceta No. 120 del 23 de Marzo de 1895

La Asamblea Nacional Legislativa decreta:

Art. 1.- Declarar de utilidad pública, á beneficio del pueblo de La Paz la ocupación de un área de terreno de los que pertenecen al pueblo de El Rosario en una cantidad que no exceda de ciento ochenta y una hectáreas.

Art. 2.- En las ciento ochenta a y una hectáreas quedará comprendida la parte del pueblo de La Paz que se encuentre situada en terreno de El Rosario, y se extenderá la medida en dirección á este último pueblo hasta completar dicha área, sin pasar más allá de la línea recta que va de Sur á Norte entre el mojón que se encuentre en el paso de la quebrada de El Pastor y la quebrada llamada Veracruz.

Art. 3.- El Gobierno, á la mayor brevedad, mandará practicar la medida y pagar á quien corresponda, el valor del terreno expropiado de conformidad con la ley de 17 de Septiembre de 1883.

Este terreno se adjudica al Ayuntamiento del pueblo de La Paz, á título de ejidos.

Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional Legislativa- Managua, 8 de Marzo de 1895.- Francisco Montenegro, Presidente.- Francisco X. Ramírez.- Secretario.- Luis E. López, Secretario.

El Presidente de la República acuerda: devolver con observaciones á la Asamblea Nacional Legislativa, el proyecto de ley que antecede. Inc. 21, Art. 100 Cn.- Managua, 9 de Marzo de 1895.- J. S. Zelaya.- El Ministro General.- F. Baca, h.

Ratificada constitucionalmente- Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional Legislativa- Managua, 16 de Marzo de 1895.- Francisco Montenegro, Presidente.- Francisco X Ramírez, Secretario.- Luis E. López, Secretario.- Ejecútese- Palacio Nacional- Managua, 18 de Marzo de 1895.- J. S. Zelaya.- El Ministro General.- F. Baca, h.
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