Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
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LA SUSCRITA MINISTRA DE GOBERNACIÓN DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, MARÍA AMELIA CORONEL KINLOCH, ACUERDA POR DISOLUCIÓN VOLUNTARIA DE MIEMBROS, APROBAR LA CANCELACIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA DE LA ASOCIACIÓN AMIGOS DE LEÓN (AMILEON)

ACUERDO MINISTERIAL N°. 06-2023-OSFL, aprobado el 01 de febrero de 2023

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 30 del 17 de febrero de 2023

Acuerdo Ministerial N°. 06-2023-OSFL

La suscrita Ministra de Gobernación de la República de Nicaragua, María Amelia Coronel Kinloch, acuerda por Disolución Voluntaria de miembros, aprobar la Cancelación de Personalidad Jurídica de la Asociación Amigos de León (AMILEON).

Considerando

I

Que el artículo 13 de la Ley Nº. 290, "Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo" expresa que: "Cada Ministerio en el ámbito de su competencia es el órgano delegado del Poder Ejecutivo, para cumplir y hacer cumplir la Constitución Política y las Leyes". Por su parte el artículo 27 del Decreto No. 71-98 reformado por el Decreto Nº. 25-2006, "Reformas y Adiciones al Decreto Nº. 71-98 Reglamento de la Ley Nº. 290; Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo", en su parte conducente íntegra y literalmente dice: "Ministros. Los Ministros tienen jurisdicción en toda la República, en el ámbito de su competencia. Sus funciones son permanentes y ejercen la autoridad sobre las dependencias, funcionarios y empleados de su cartera...”

II

Es facultad del Ministerio de Gobernación la regulación, control, supervisión, disolución, liquidación y cancelación de Personalidad Jurídica de los Organismos sin Fines de Lucro, de conformidad a la Ley Nº. 1115, Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro y sus reformas.

III

Que la Asociación Amigos de León (AMILEON), le fue otorgada la Personalidad Jurídica sin fines de lucro, mediante Decreto No. 764, publicado en Gaceta Diario Oficial No. 118 del 24/06/1994, e inscrito en el Ministerio de Gobernación el cuatro de agosto del año dos mil.

IV

Con fundamento en el artículo 42, numeral 1 y articulo 47, numeral 1, de la Ley No. 1115 "Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro y sus reformas, la Asociación Amigos de León (AMILEON), solicitó el 01/02/2023 al Ministerio de Gobernación, la cancelación de su Personalidad Jurídica, por disolución voluntaria, por encontrarse inactiva desde su registro el 04/08/2000, ante el Ministerio de Gobernación y nunca realizaron proyectos sociales.

V

Conforme Dictamen Legal emitido por la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro, la Asociación Amigos de León (AMILEON), desde su inscripción en MIGOB el 04/08/2000 se encuentra inactiva, nunca reportaron su Junta Directiva y sus Estados Financieros periodos 2000-2021.

POR TANTO

En uso de las facultades conferidas en la Ley Nº. 290 "Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo", su Reglamento, Ley No. 1115, y Ley Nº. 1127 "Ley de Reformas y Adiciones a la Ley Nº. 1115, Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro y de Reformas a la Ley Nº. 522, Ley General del Deporte, Educación Física y Recreación Física", la suscrita Ministra;

ACUERDA

PRIMERO: Aprobar por Disolución Voluntaria, la Cancelación de Personalidad Jurídica de la Asociación Amigos de León (AMILEON), acordada de forma unánime por los miembros de la Asociación Amigos de León (AMILEON), por encontrarse esta inactiva desde el año 2000.

SEGUNDO: Se ordena a la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación proceder a la cancelación del Registro y Número Perpetuo asignado a la entidad Asociación Amigos de León (AMILEON). Publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, las ocho de la mañana del día primero de febrero del año dos mil veintitrés. (f) María Amelia Coronel Kinloch, Ministra de Gobernación.
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