“Artículo 10 Funciones de la SEC:
1) Dar cumplimiento a los planes y programas de trabajo aprobados por la CONATRADEC;
2) Participar en las reuniones de CONATRADEC;
3) Proponer a la CONATRADEC planes y proyectos de cooperación ante organismos, agencias, e instituciones públicas y privadas, vinculadas a la Caficultura y ante organismos internacionales;
4) Actuar conforme instrucciones y mandatos de la CONATRADEC ante el administrador del Fideicomiso en cuanto al control seguimiento y evaluación de los créditos otorgados, áreas financiadas para los distintos componentes, desembolsos y recuperaciones, emisión de CCTC, entre otros elementos del PNTDC;
5) Proponer a la CONATRADEC planes y programas de trabajo y sugerir el orden de prioridades;
6) Elaborar normativas, procedimiento crediticios y esquema de financiamiento del PNTDC para ser aprobado por la CONATRADEC;
7) Recomendar a la CONATRADEC reformas al PNTDC y al FTDC;
8) Someter a la CONATRADEC, para su aprobación, su estructura organizativa y la normativa general que regule las relaciones laborales entre la Secretaría Ejecutiva y su personal;
9) Proponer a la CONATRADEC la adquisición de bienes y servicios;
10) Someter cada año a consideración y aprobación el presupuesto de la CONATRADEC;
11) Presentar a la CONATRADEC un informe mensual y anual de labores y de ejecución presupuestaria;
12) Elaborar un Plan de divulgación, promoción y capacitación de la Caficultura el cual deberá ser aprobado por la CONATRADEC;
13) Participar en el CTNC;
14) Proponer para aprobación de la CONATRADEC la normativa de Funcionamiento de la CTNC;
15) Hacer propuestas de mecanismos financieros que produzcan mejores rendimientos al Fondo de Transformación de la Caficultura;
16) Facilitar a los productores información para la gestión de crédito conforme el PNTDC;
17) Elaborar, monitorear, dar seguimiento y evaluar los planes y programas técnicos que se implementen por el PNTDC; y
18) Cualquier otra función que le delegue la CONATRADEC.”