Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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[APRUÉBESE LA INSCRIPCIÓN Y OTORGASE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN PECUARIA LOS PARIENTES R. L. (COPEPAR, R. L.)]

RESOLUCIÓN N°. 005-2022-PJ-CT-MEFCCA, aprobada el 01 de noviembre de 2022

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 226 del 01 de diciembre de 2022

El Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa en uso de las facultades que le confiere la Ley 290

CERTIFICA

Que en el Tomo I del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Departamental de CHONTALES del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 51 se encuentra la Resolución No. 005-2022-PJ-CT-MEFCCA, la que íntegra y literalmente dice: Resolución No. 005-2022-PJ-CT-MEFCCA, Chontales, treinta y uno de Octubre del año dos mil veintidos, las cuatro de la tarde, en fecha veintiséis de Octubre del año dos mil veintidos, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN PECUARIA LOS PARIENTES, R.L. (COPEPAR, R.L.) con domicilio social en el Municipio de Santo Domingo, departamento de Chontales. Se constituye a las una de la tarde del día catorce de Julio del año dos mil veintidos. Se inicia con doce (12) asociados, ocho (8) hombres, cuatro (4) mujeres, cero (0) personas jurídicas, con un capital suscrito de C$ 6,000 (seis mil córdobas netos) y un capital pagado de C$ 4,000 (cuatro mil córdobas netos). Esta delegación departamental, con base en las facultades que le han sido otorgadas por la Ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 91-2007, Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto Resuelve: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN PECUARIA LOS PARIENTES, R.L. (COPEPAR, R.L.) con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): Álvaro Antonio Cabrera; Vicepresidente (a): Francisca Maria Álvarez Barrera; Secretario (a): José Daniel Cabrera; Tesorero (a): Brenda Carolina Morales Fonseca; Vocal: Candida Elieth Vargas . Certifiqúese la presente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a Xavier Antonio Carrillo Suarez, Delegado Departamental. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los uno días del mes de Noviembre del año dos mil veintidos. (f) Xavier Antonio Carrillo Suarez, Delegado Departamental.
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