ACUERDO EJECUTIVO DE 30 DE MARZO DE 1855, PARA QUE CADA MINISTRO CIRCULE DIRECTAMENTE LOS ACUERDOS, RESOLUCIONES I DECRETOS DE SU RAMO RESPECTIVO
ACUERDO EJECUTIVO, aprobado el 30 de marzo de 1853
Código de la Legislación de la República de Nicaragua Libro Primero. De la Rocha, Jesús
EL GOBIERNO:
Considerando más expedito para el despacho de los negocios del Gobierno el que los acuerdos, resoluciones i decretos se circulen a todas las oficinas i funcionarios por el Ministro del ramo a que pertenecen; en uso de sus facultades,
ACUERDA:
1º. El Ministro del ramo respectivo circulará directamente los acuerdos, resoluciones i decretos correspondientes a su ramo, i con la firma de él serán publicados, obedecidos i cumplidos. El señor Ministro de Gobernación es encargado del cumplimiento del presente acuerdo.
Granada, marzo 30 de 1853.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.