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TRATADO MARCO DE SEGURIDAD DEMOCRÁTICA EN CENTROAMÉRICA
DECRETO A.N. N°. 1372, aprobado el 11 de junio de 1996
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 133 del 16 de julio de 1996
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo Nicaragüense que:
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
DE APROBACIÓN DEL TRATADO MARCO DE SEGURIDAD DEMOCRÁTICA EN CENTROAMÉRICA
Artículo 1.- Apruébase el Tratado Marco de Seguridad Democrática en Centroamérica, suscrito el 15 de Diciembre de 1995 en la ciudad de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, República de Honduras, por los Presidentes de las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y los Vice Presidentes de Nicaragua y Panamá, en Ocasión de la Celebración de la XVII cumbre de Presidentes de Centroamérica, compuesto de un Preámbulo y 78 Artículos.
Artículo 2.- El Presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial, La Gaceta.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los once días del mes de Junio de mil novecientos noventa y seis.- CAIRO MANUEL LÓPEZ, Presidente de la Asamblea Nacional. JAIME BONILLA, Secretario de la Asamblea Nacional.
Por Tanto:
Publíquese y Ejecútese. Managua, veinticuatro de Junio de mil novecientos noventa y seis. - VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, Presidente de la República de Nicaragua.
Observación: El título de la norma, conforme publicación de la Ley N°. 1049, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Relaciones Internacionales, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 130 del 14 de julio de 2021.