Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
Abrir Gaceta
-
COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA "EMPRENDEDORES UNIDOS DE TISMA", R.L. (COOPEUT, R L.)

RESOLUCIÓN N°. 002-2019 PJ MY MEFCCA, aprobada el 29 de marzo de 2019

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N° 79 del 29 de abril de 2019

Que en el Tomo 1 del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Departamental de Masaya del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 033 se encuentra la Resolución No. 002-2019 PJ MY MEFCCA, la que Íntegra y literalmente dice: Resolución No. 002-2019 PJ MY MEFCCA, Masaya veintinueve de Marzo del año dos mil diecinueve, las once de la mañana, en fecha veinticinco de Marzo del año dos mil diecinueve, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA "EMPRENDEDORES UNIDOS DE TISMA", R.L. (COOPEUT,RL.) con domicilio social en el Municipio de Tisma, departamento de Masaya.

Se constituye a las dos de la tarde del día ocho de Marzo del año dos mil diecinueve. Se inicia con veinte (20) asociados, dieciocho (18) hombres, dos (2) mujeres, con un capital suscrito de C$2,000 (dos mil córdobas netos) y un capital pagado de C$2,000 (dos mil córdobas netos). Esta delegación departamental, con base en las facultades que les han sido otorgadas por la ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 91- 2007 Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto,
Resuelve:

Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA "EMPRENDEDORES UNIDOS DE TISMA" , R.L. (COOPEUT,RL.) con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): Fausto Martin Molina González; Vicepresidente (a): Francisco José Herrera Jaime; Secretario (a): Wilfredo Francisco Calero Pérez; Tesorero (a): Nancy Margarita Valle Rivera; Vocal: José Leonel Calero Narváez. Certifíquese la presente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a María Gema Alvarado Gutiérrez, Delegada Departamental. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los veintinueve días del mes de Marzo del año dos mil diecinueve. (f) María Gema Alvarado Gutiérrez, Delegada Departamental.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.