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CANCELACIÓN DEL REGISTRO DE ACCIONA FINANCE, SOCIEDAD ANÓNIMA, EN EL REGISTRO NACIONAL DE IFIM ADSCRITO A LA CONAMI

RESOLUCIÓN N°. CD-CONAMl-003-03ENE25-2022, aprobado el 25 de enero de 2022

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 55 del 22 de marzo de 2022

El suscrito, Álvaro José Contreras, en calidad de Secretario-Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Microfinanzas (CONAMI), CERTIFICO la Resolución CD-CONAMI-003-03ENE25-2022 aprobada en sesión ordinaria No. 01-2022 de fecha veinticinco de enero del año dos mil veintidós.

CONSEJO DIRECTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE MICROFINANZAS, MANAGUA, VEINTICINCO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS. LAS ONCE DE LA MAÑANA.

CANCELACIÓN DEL REGISTRO DE ACCIONA FINANCE, SOCIEDAD ANÓNIMA, EN EL REGISTRO NACIONAL DE IFIM ADSCRITO A LA CONAMI

Resolución No. CD-CONAMl-003-03ENE25-2022

CONSIDERANDO:

I

Que mediante resolución con referencia CD-CONAMl 00-02 ABR25-2017, de fecha veinticinco de abril del año dos mil diecisiete, el Consejo Directivo de la CONAMI, autorizó el Registro de ACCIONA FINANCE, SOCIEDAD ANÓNIMA (ACCIONA FINANCE), en el Registro Nacional de IFIM adscrito a la CONAMI como Institución Financiera Intermediaria de Microfinanzas (IFIM), para que efectué todas las operaciones y goce de los privilegios establecidos en la Ley No. 769: "Ley de Fomento y Regulación de las Microfinanzas".

II

Que en fecha 18 de octubre del 2019, la entidad remite comunicación a la CONAMI en la que menciona que la remisión de la base de cartera activa y saneada no le es aplicable, debido a que actualmente no poseen cartera. Luego, el día 29 de octubre del 2019, notifican que la totalidad de su cartera de crédito fue cedida a un acreedor el día 01 de julio del 2019 y, ACCIONA FINANCE solo se encuentra administrándola. Conforme lo anterior y de acuerdo a la facultad supervisora establecida en los artículos 5 y 6 numeral 5 de la Ley No. 769, "Ley de Fomento y Regulación de Microfinanzas", publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 128 del 11 de Julio del 2011, la Comisión Nacional de Microfinanzas, en fecha del 22 al 26 de julio del 2019, realizó inspección in situ en la IFIM, ACCIONA FINANCE, SOCIEDAD ANÓNIMA (ACCIONA FINANCE), con el fin de conocer los avances de cumplimiento de las normas emitidas por el Consejo Directivo de la CONAMI. Los resultados de dicha inspección fueron dados a conocer a la entidad mediante Resolución número CONAMI-PE-244-12-2019 con fecha 05 de diciembre del año 2019, en el que se instruyó a la IFIM que debía presentar un plan de acción aprobado por la Junta Directiva de ACCIONA FINANCE, para subsanar los incumplimientos regulatorios establecidos en el informe de inspección, así como, un plan estratégico de crecimiento en el que se estimara en que mes del primer trimestre del año 2020, retomarían las colocaciones propias, dado a que toda la cartera había sido cedida.

III

Que en plan estratégico presentado por la IFIM el día 17 de julio del 2020, estableció que, en el mes de septiembre del 2020, iniciarían a colocar un nuevo producto de microcrédito. Sin embargo, siendo que a esa fecha no se dio inició a lo programado en dicho plan, por medio de misiva PE-1699-11-2020\JML, de fecha 04 de noviembre del 2020, se requirió a ACCIONA FINANCE, con base a lo establecido en el artículo 17 numerales 6 y 7, de la Ley No. 769, "Ley de Fomento y Regulación de las Microfinanzas", que a más tardar en el primer trimestre del año 2021, cumplieran con lo programado en su plan estratégico, so pena de proceder a los trámites de la cancelación de ACCIONA FINANCE en el Registro Nacional de IFIM, debido a su inactividad.

IV

Que mediante Resolución CONAMI-PE-010-01-2018, de fecha 19 de enero del año 2018, se impuso multa a la IFIM, por la presentación tardía de información de cartera de créditos y saldos contables por medio del Portal para la Recepción de Información de Microfinanzas (PRIM), la que fue confirmada en la tramitación de Recurso de Revisión, a través de Resolución CONAMI-PE-040-01-2018, del 19 de febrero 2018. Acto seguido, el 14 de agosto del 2018, por medio de Resolución CONAMI-PE-176-08-2020, se resolvió multar nuevamente a la IFIM y amonestar al Principal Ejecutivo, por incumplimiento a lo establecido en la Circular Administrativa PE-1232-10-2017-JML, referente a reportes de cartera de créditos y reportes de saldos contables, a través del Portal para la Recepción de Información de Microfinanzas (PRIM), resolución que fue confirmada en última instancia, en Recurso de Apelación interpuesto ante este Consejo Directivo y resuelto el día 29 de septiembre de 2020, mediante Resolución Administrativa CD-CONAMI-016-01 SEPT29-2020, del 29 de septiembre del 2020. Ambas resoluciones se encuentran suficientemente soportadas con los diversos requerimientos realizados a la IFIM, para que cumpliese con la presentación de los reportes de cartera e información financiera, todas emitidas con previo apercibimiento de sanción, con base a lo establecido en el artículo 60 numeral 3, de la Ley No. 769, "Ley de Fomento y Regulación de las Microfinanzas".

V

Que en correspondencia a que la IFIM ha dejado de operar en el mercado de microfinanzas por más de dos años, siendo este el objetivo para el cual se autorizó su registro en la CONAMI y en virtud de lo establecido en el artículo 12, de la Ley No. 977, Ley contra el Lavado de Activos, e Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, que menciona: "Los Supervisores y/o reguladores respectivos deben cancelar la autorización, licencia de operaciones otorgada, o los registros, conforme la legislación de la materia, a las instituciones financieras o Actividades y Profesiones No Financieras Designadas que no inicien sus operaciones luego de habérseles otorgado o a aquellas que habiéndolas iniciado las descontinúen por un período mayor de un (1) año. .. ", le compete a este Consejo Directivo, con base a las atribuciones indicadas en el artículo 12, numeral 3 y, artículo 60 numeral 5, de la Ley No. 769, "Ley de Fomento y Regulación de las Microfinanzas'', resolver sobre la cancelación definitiva ACCIONA FINANCE, Sociedad Anónima, en el registro Nacional de IFIM, por no efectuar las operaciones para las que fue autorizada por la CONAMI.

POR TANTO:

Conforme a los considerandos anteriores y con base en la atribución que le otorga el artículo 12, numerales 3 y 15 y 60 numeral 5, de la Ley Nº 769, "Ley de Fomento y Regulación de las Microfinanzas", en uso de sus facultades,

RESUELVE:

Primero: Cancelación de Registro.
Ordenar la cancelación definitiva del registro de ACCIONA FINANCE, SOCIEDAD ANÓNIMA (ACCIONA FINANCE), ante el Registro Nacional de Instituciones Financieras Intermediarias de Microfinanzas adscrito a la CONAMI. Lo anterior implica la cancelación de la autorización para operar en el mercado de microfinanzas.

Segundo: Instrucciones
ACCIONA FINANCE, S. A. debe de dar cumplimiento a lo siguiente:

a) Mantener un sistema de atención a los reclamos de clientes y toda la documentación relativa a cada reclamo y quejas de la cartera administrada, por un plazo mínimo de cinco (5) años, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 numeral 16 de la Resolución CD-CONAMI-009-04 MAR 2021, "Norma sobre Protección y Atención al Usuario'', publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 78, del 29 de abril del 2021.

b) Atender las consultas que en temas de prevención de lavado de activos y financiamiento al terrorismo realice la CONAMI y la UAF hasta que sea modificado el objeto social que le permite realizar actividades de microfinanzas o se disuelva la Sociedad.

c) De acuerdo a lo indicado en el literal anterior, deberán presentar fotocopia razonada notarialmente de la inscripción de la modificación a su pacto social o de la disolución en el Registro Público Competente.

d) Resguardar los expedientes de clientes por un periodo de cinco (5) años, de conformidad a lo indicado en el artículo 47 de la Resolución Nº. CD-CONAMl008-01AG007-2018, "Norma para la Prevención del Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, aplicable a las Instituciones de Microfinanzas e Instituciones Financieras Intermediarias de Microfinanzas, Supervisadas por la CONAMI", publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 214 del 05 de noviembre de 2018.

e) Cualquier otra información que sea requerida por la Presidencia Ejecutiva de la CONAMI.

Tercero: Inscripción de Resolución de Cancelación.
Inscríbase la presente Resolución de Cancelación de Registro de ACCIONA FINANCE, SOCIEDAD ANÓNIMA (ACCIONA FINANCE), en el Libro de Registro Nacional de IFIM, que para tal efecto lleva la CONAMI.

Cuarto: Notificación.
Notifíquese a los que corresponda y publíquese en La Gaceta, Diario Oficial, por cuenta de ACCIONA FINANCE, S. A. (f) Jim Madriz López, Presidente, (f) Freddy José Cruz Cortez, Miembro Propietario, (f) Alejandra Leonor Corea Bradford, Miembro Propietario, (f) Flavio José Chiong Aráuz, Miembro Suplente, (f) Denis Reyna Estrada, Miembro Suplente, (f) Álvaro José Contreras, Secretario.

(f) Álvaro José Contreras, Secretario - Consejo Directivo CONAMI.
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