Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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[APRUÉBESE LA INSCRIPCIÓN Y OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA DE SERVICIOS TURÍSTICOS, ACUÍCOLA, ECOLÓGICA AMBIENTAL CASA CAREY R.L (CASA CAREY R.L)]

RESOLUCIÓN N°. 005-2022-PJ-CH-MEFCCA, aprobada el 23 de mayo de 2022

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 130 del 14 de julio de 2022

Que en el Tomo I del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Departamental de CHINANDEGA del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 088 se encuentra la Resolución No. 005-2022-PJ-CH-MEFCCA, la que íntegra y literalmente dice: RESOLUCIÓN No. 005-2022-PJ-CH-MEFCCA, Chinandega, veinte de Mayo del año dos mil veintidós, las uno de la tarde, en fecha cuatro de Mayo del año dos mil veintidós, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA DE SERVICIOS TURÍSTICOS, ACUÍCOLA, ECOLÓGICA AMBIENTAL CASA CAREY R.L ( CASA CAREY R.L) con domicilio social en el Municipio de El Viejo, departamento de Chinandega. Se constituye a las diez de la mañana del día diecinueve de Octubre del año dos mil veintiuno. Se inicia con catorce (14) asociados, nueve (9) hombres, cinco (5) mujeres, cero (0) personas jurídicas, con un capital suscrito de C$ 7,000 (siete mil córdobas netos) y un capital pagado de C$ 7,000 (siete mil córdobas netos). Esta delegación departamental, con base en las facultades que les han sido otorgadas por la ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 91-2007 Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto, Resuelve: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA DE SERVICIOS TURÍSTICOS, ACUICOLA, ECOLÓGICA AMBIENTAL CASA CAREY R.L ( CASA CAREY R.L) con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): Liandro Zamir López Moran; Vicepresidente (a): Rufino Saúl Alvarado Pineda; Secretario (a): lsela Del Rosario Carranza; Tesorero (a): Ricardo Francisco Jirón Mendoza; Vocal: Juan José Chevez . Certifíquese la presente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a Arlen Chávez Argüello, Directora de Legalización y Registro. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los veintitrés días del mes de Mayo del año dos mil veintidós. (f) Luis Alfonso Catín Quezada, Delegado Departamental.
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