Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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PRÉSTAMO DE US$20,000,000.00 OTORGADO POR EL BID AL ESTADO PARA MEJORAMIENTO SERVICIOS RURALES DE SALUD

DECRETO LEGISLATIVO N°. 672, aprobado el 09 de febrero de 1978

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 35 del 13 de febrero de 1978

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

A sus habitantes,

Sabed:

Que el Congreso Nacional ha ordenado lo siguiente:

Decreto No. 672

La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua

Decretan:

Artículo 1.-
Autorízase al Poder Ejecutivo en el Ramo de Hacienda y Crédito Público, para que por medio del señor Ministro o la persona en quien éste delegue, suscriba en nombre del Estado, un Contrato de Préstamo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por la cantidad de VEINTE MILLONES DE DÓLARES (US$20.000.000.00), con un plazo de cuarenta (40) años, devengando una tasa de interés del uno por ciento (1%) anual por los primeros diez (10) años, y del dos por ciento (2%) los siguientes años, sobre la cantidades desembolsadas, pagaderos el principal y los intereses semestralmente, y con una Comisión de Crédito del medio del un por ciento (1/2 del 1%) anual sobre los saldos no desembolsados.

Artículo 2.-
Los fondos de este préstamo serán destinados a implementar un Proyecto de Mejoramiento de los Servicios Rurales de Salud, que extenderá los servicios básicos de medicina integral, cuya unidad ejecutora será la Junta Nacional de Asistencia y Previsión Social.

Artículo 3.-
La presente autorización comprende la facultad de incluir las cláusulas que se estilan en esta clase de Contratos y que mejor garanticen los intereses del Fisco, así como incorporar en los respectivos Presupuestos Generales de Ingresos y Egresos de la República las cantidades necesarias para el pago de las obligaciones contraídas.

Artículo 4.-
Esta Ley entrará en vigor desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D. N., ocho de febrero de mil novecientos setenta y ocho.- (f) Cornelio H. Hüeck, Presidente.- (f) Antonio Coronado Torres, Secretario.-(f) Fernando Zelaya Rojas, Secretario.

Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, D.N., 9 de febrero de 1978..- (f) Pablo Rener, Presidente.- (f) Ramiro Granera Padilla, Secretario.- (f) Raúl Arana Montalván, Secretario.

Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial.- Managua, D. N. a los nueve días del mes de febrero de mil novecientos setenta y ocho.- (f) A. SOMOZA D., Presidente de la República.- (f) Samuel Genie A., Ministro de Hacienda y C. P.
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